En México todas las trabajadoras y trabajadores que prestan sus servicios bajo un esquema formal tienen derecho a recibir las prestaciones de ley que garantiza la Ley Federal del Trabajo (LFT) y una de estas es la seguridad social, por lo cual en esta ocasión te contamos lo que debes saber sobre los cambios en tus beneficiarios en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
En este sentido, es preciso recordar que las prestaciones de ley en México son los beneficios mínimos obligatorios que los empleadores deben otorgar a sus trabajadores conforme a la Ley Federal del Trabajo. Estas prestaciones garantizan condiciones laborales justas y un mínimo de bienestar social para los empleados.
Entre las prestaciones de ley que deben tener los y las trabajadoras destaca el el seguro social, es decir, que el trabajador, sus conyuges, hijos o padres, para que tengan acceso a servicios médicos, incapacidades, guarderías y en algunos casos, pensiones. Sin embargo, el IMSS dio a conocer qué debes hacer si quieres dar de alta a tus beneficiarios.
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De acuerdo con un anuncio que realizó el IMSS, ahora los y las trabajadoras pueden darse de alta en la Unidad Médica Familiar que les corresponde, de acuerdo con su Código Postal, a través de este enlace. No obstante, para dar de alta a sus beneficiarios, para darlos de alta sólo se pueden dar de alta en la Unidad Médica correspondiente.
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¿Cómo puedo modificar los datos de mis beneficiarios del IMSS por internet?
Contexto: si quieres realizar la modificación de datos de tus beneficiarios ante el IMSS por internet debes registrarte en el Escritorio Virtual y necesitas Firma Electrónica Avanzada (FIEL), tu CURP, la CURP de tu beneficiario y un correo electrónico personal.
También podrás solicitar una prórroga por estudios para tus hijos mayores de 16 años que estudian en escuelas del Sistema Educativo Nacional, sólo necesitarás la Constancia de Estudios emitida por su escuela.
¿Qué son los beneficiarios en el IMSS?
En caso de que el titular de la cuenta individual fallezca, los recursos de la Afore pueden ser reclamados por los beneficiarios, quienes son las personas designadas para recibirlos.
Con base en la Ley del Seguro Social, los beneficiarios legales tienen derecho a una pensión y, por ende, a disponer de los recursos de la Cuenta Individual a manera de pensión o en una sola exhibición y son los siguientes:
- La viuda, o el viudo.
- Los hijos menores de 16 años.
- A falta del cónyuge, la concubina, o el concubinario.
- A falta del cónyuge, hijos, concubina o concubinario, los beneficiarios legales serían cada uno de los ascendientes del trabajador si dependían económicamente de él.
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