El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) prepara un incremento de la pensión mínima garantizada para 2026, basado en el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) mediante su Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Esto implicaría que los pagos mensuales para algunos jubilados superen los 10,000 pesos, un alza significativa respecto a los 9,412 pesos registrados en 2025. Con este ajuste, más personas que cumplen los requisitos podrían asegurar un ingreso básico digno al retirarse.
De acuerdo con las estimaciones más recientes, la pensión mínima garantizada podría incrementarse entre un 10 % y 15 %, alcanzando un rango aproximado de 10, 300 a 10, 700 pesos mensuales. Este ajuste responde al comportamiento del INPC, indicador clave para actualizar pensiones y prestaciones, tal como ha venido determinando el propio IMSS desde 2025.
En 2025, la pensión mínima garantizada se ubicó en 9,412 pesos mensuales. Por ello, de concretarse las previsiones, el aumento marcaría un alza real que podría beneficiar significativamente a quienes dependen de esta prestación.
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¿Qué factores definirán el ajuste de la pensión mínima en 2026?
- Inflación y evolución del INPC
El incremento se calcula teniendo como base el INPC publicado por el INEGI. Si la inflación anual se mantiene alta, el ajuste también será mayor. Esa norma fue ratificada tras una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que determinó que las pensiones del régimen anterior se actualicen conforme al costo de vida y no al salario mínimo.
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- Salario mínimo general
Aunque el ajuste principal se basa en el INPC, el salario mínimo puede influir indirectamente. Un aumento al salario mínimo podría influir en la base de cálculo de ciertas prestaciones, lo que eventualmente repercute en el monto garantizado para pensionados.
¿Quiénes podrán solicitar la pensión mínima del IMSS en 2026?
Para acceder al beneficio, los solicitantes deberán cumplir con los requisitos del régimen en el que cotizaron:
- Si cotizaron antes del 1° de julio de 1997, pertenecen al régimen conocido como Ley 73 del IMSS.
- Deben acreditar el número mínimo de semanas cotizadas y cumplir la edad de retiro correspondiente (60 años para cesantía en edad avanzada, 65 años para vejez).
- Si cotizan a partir del 1° de julio de 1997, están bajo el régimen Ley 97 del IMSS. En ese caso, la pensión se calcula con base en el ahorro acumulado en la Afore. Si ese ahorro resulta insuficiente, pueden acceder a la pensión mínima garantizada como complemento.
- En ambos regímenes, además de la edad y semanas cotizadas, se requiere que los fondos acumulados (en el caso de Ley 97) o el cálculo del salario base (en Ley 73) no alcancen un monto mayor al de la pensión mínima garantizada.
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¿Qué significa este aumento para los pensionados?
Con un ajuste de entre 10,300 y 10,700 pesos mensuales, la pensión mínima del IMSS podría ofrecer un ingreso más cercano al costo real de vida en México, especialmente considerando la inflación. Para muchos jubilados cuyo ahorro en Afore resulta insuficiente, este alza representa una red de seguridad vital.
Además, al estar basado en el INPC, este mecanismo de actualización ofrece previsibilidad y protección frente a la pérdida de poder adquisitivo.
Para quienes planeen su retiro, la recomendación sigue siendo revisar cuidadosamente semanas cotizadas, régimen de pertenencia y, si corresponde, el saldo en su cuenta Afore, pues estos factores determinarán si pueden acceder a la pensión mínima o a una pensión superior.
AJA
