MAÍZ TRANSGÉNICO

Sheinbaum envía a San Lázaro iniciativa en contra del maíz transgénico

El texto difundido por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria especifica cambios en los artículos 4 y 27 de la Constitución Política Mexicana de materia de conservación y protección de maíces nativos

La reforma al Artículo 2 de la Constitución subraya la importancia de proteger los sistemas agrícolas tradicionales, incluyendo el maíz nativo
La reforma al Artículo 2 de la Constitución subraya la importancia de proteger los sistemas agrícolas tradicionales, incluyendo el maíz nativoCréditos: Cuartoscuro
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La presidenta Claudia Sheinbaum envió este jueves a la Cámara de Diputados la iniciativa de reforma a la Constitución para prohibir la siembra del maíz transgénico, pese al reciente fallo en contra en la disputa bajo el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

La iniciativa, que ya está en manos de los diputados, tiene por objeto declarar al maíz como elemento de identidad nacional y establecer la obligación del Estado de garantizar el cultivo de maíz libre de transgénicos en el territorio nacional.

Sheinbaum plantea reformar los artículos 4 y 27 de la Constitución Mexicana, lo cual incluye declarar el maíz como elemento de identidad nacional y establecer la obligación del Estado para garantizar el cultivo de maíz libre de transgénicos en el territorio nacional.

Buscan que ahora el artículo 4 destaque que toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, lo que debe ser garantizado por el Estado, pues el maíz es un elemento de identidad nacional cuyo cultivo debe ser libre de transgénicos, priorizando su manejo agroecológico.

Se remarca que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra libre de cultivos y semillas para siembra de maíz transgénico y con obras insumos, de créditos, a servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo, expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción e industrialización agropecuaria, y su comercialización, considerándolas de interés público.

¿Qué señala la Constitución?

Ahí se destaca que México cuenta con un sólido marco normativo para proteger su diversidad biológica y reconocer la importancia del país como centro de origen y diversidad genética de cultivos fundamentales como el maíz. Este esfuerzo ha sido impulsado tanto a través de la legislación nacional como mediante la suscripción y ratificación de instrumentos internacionales que buscan salvaguardar los recursos genéticos y la riqueza natural de las naciones.

La Constitución establece en su artículo 4º el derecho de todas las personas a un medio ambiente sano, consagrando la obligación del Estado de garantizar la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. Asimismo, el artículo 27 establece la rectoría del Estado sobre los recursos naturales, asegurando su uso sostenible y preservación para futuras generaciones.

Además, se destaca que el 30 de septiembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 2º constitucional en materia de pueblos indígenas y afromexicanos. Dicha reforma, subraya la importancia de proteger los sistemas agrícolas tradicionales, incluyendo el maíz nativo, considerado un elemento clave del patrimonio biológico y cultural del país. En síntesis, la Constitución refleja el compromiso y obligación del Estado mexicano con la protección de la biodiversidad en el territorio mexicano bajo la estricta observación del respeto a los derechos humanos y la sostenibilidad medioambiental.

La iniciativa detalla los maíces nativos en México

El maíz (Zea mays mays) es un cultivo fundamental en México y uno de los más importantes en el mundo. Es una planta indisociable y esencial de la cultura alimentaria mexicana desde sus orígenes.

El texto destaca que México alberga la más amplia diversidad del cultivo representada por 594 razas de maíces nativos y sus parientes silvestres (los teocintles y los pastos del género Tripsacum), que a lo largo de su proceso de evolución bajo domesticación se han adaptado a cada región de la compleja orografía y condiciones climáticas del país.

Esta diversidad deriva del proceso de polinización abierta mediada por el viento que permite que distintas plantas puedan intercambiar polen y así cruzarse fácilmente o incluso hibridar con los teocintles, sus parientes silvestres más cercanos, generando un flujo genético constante.

La diversidad de maíces nativos y sus parientes silvestres en México representa un acervo genético invaluable e insustituible que es fundamental para la agricultura y la seguridad alimentaria mundial, por ejemplo, la diversidad genética de cultivos mexicanos puede brindar respuestas a retos ambientales y fitopatológicos de los cultivos, como lo ha hecho en el pasado.

Dicha diversidad es producto de las prácticas de manejo del maíz por parte de las familias campesinas, como son la siembra de sus propias semillas y la experimentación de nuevos materiales obtenidos por intercambio que mantienen vivos los procesos de evolución y diversificación del cultivo.

La disputa por el maíz transgénico en el TMEC

La reforma se propone tras revelarse en diciembre pasado el informe final del grupo conformado por tres especialistas del T-MEC que concluyó que las medidas implementadas por México para prohibir la importación de maíz genéticamente modificado no cumplen con los estándares internacionales y científicos requeridos por el tratado.

El Gobierno mexicano ha prometido que acatará la resolución, resultado de una controversia que inició Estados Unidos y a la que se sumó Canadá, al impugnar dos aspectos del decreto mexicano sobre la restricción del glifosato y maíz transgénico de 2023.

La disputa giró desde entonces alrededor de las medidas del Gobierno mexicano que prohíben el uso de maíz transgénico para consumo humano y establecen una gradual sustitución.

Según el panel, estas medidas no se basan en una evaluación de riesgos adecuada ni en la evidencia científica necesaria, lo que constituye una violación de los principios del T-MEC, que requieren políticas comerciales basadas en la ciencia.

Conforme a las reglas del tratado, México tenía un plazo de 45 días, a partir del 20 de diciembre para cumplir con el fallo y adecuar sus medidas de acuerdo con las conclusiones del panel.

No obstante, esta resolución solo emite un criterio sobre un decreto publicado en 2023, pero no limita a México a reformar su Constitución.

Las declaraciones de Sheinbaum ocurren apenas un día después de que la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Clara Brugada, firmara un decreto que declara a la capital del país como "territorio libre" de maíz transgénico o genéticamente modificado.

Qué dice la iniciativa de Sheinbaum

El  texto que fue difundido por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) especifica cambios en los artículos 4 y 27 de la Constitución Política Mexicana de materia de conservación y protección de maíces nativos y establece que “el maíz es un elemento de identidad nacional cuyo cultivo debe ser libre de transgénicos en territorio nacional”.

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Asimismo, señala que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional.

Además, fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra libre de cultivos y semillas para siembra de maíz transgénico.

El texto, que está dirigido al presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, señala que la Constitución establece “el derecho de todas las personas a un medio ambiente sano, consagrando la obligación del Estado de garantizar la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad”.

Una reforma previa ordena la protección del maíz nativo

El informe recuerda que el 30 de septiembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 2º constitucional en materia de pueblos indígenas y afromexicanos. Dicha reforma, subraya la importancia de proteger los sistemas agrícolas tradicionales, incluyendo el maíz nativo, considerado un elemento clave del patrimonio biológico y cultural del país.

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En este contexto, el proyecto de decreto advierte que este ejercicio es indispensable para proteger la diversidad y refiere que en algunos países alrededor del mundo han ejercido su derecho a determinar las formas en que conforman sus sistemas agroalimentarios para salvaguardar la biodiversidad genética de sus cultivos.

“La preservación de las identidades culturales en una sociedad y la protección de ciertos alimentos por ser centro de origen de un país, han sido reguladas por distintas naciones. Por ejemplo, desde 1991, la Unión Europea (UE) cuenta con un marco normativo, que ha ido evolucionando a través de los años, para regular el uso y comercio de alimentos entre sus países miembros”, añade el texto.

Asimismo, refiere que los maíces nativos de México representan bienes públicos estratégicos, que tienen un valor intrínseco resultado del cultivo y el manejo de los agricultores de estas tierras

De acuerdo con información de El Universal, el maíz es el alimento básico e ingrediente fundamental de la cocina mexicana, ya que su consumo promedio diario por persona es de 328 gramos, lo que le aporta el 39% de las proteínas, el 45% de las calorías y el 49% del calcio requerido.