A lo largo del año los trabajadores esperan recibir un dinerito extra para solventar sus gastos prioritarios, pagar deudas y hasta comprar uno que otro lujito, por lo que, muchos de ellos sólo contemplan la llegada del aguinaldo, prestación económica que se entrega cada fin de año, exactamente a partir de noviembre y hasta el 20 de diciembre, fecha límite.
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De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo es un derecho de las y los trabajadores. Todas las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir, cada año, un aguinaldo que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo.
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Eso sí, aunque se indica que todos los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo, hay sus excepciones, como también sucede con el reparto de utilidades, derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
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Esta prestación económica se entrega antes que el aguinaldo, el periodo de entrega de las utilidades va de abril a finales de junio dependiendo el trabajo del empleado, por ejemplo, a partir del 1 de abril y a más tardar el 30 de mayo los trabajadores que laboran para una empresa pueden recibir su dinero, mientras que las personas que trabajan para una persona física, es decir, patrón, deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.
Multas para las empresas
La Profedet indica que, las utilidades son aplicables en los casos de trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300,000 pesos o más. La Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas determinan que los trabajadores que participan en las utilidades deben recibir el 10% de las utilidades netas, cifra establecida hasta este momento.
Si los trabajadores no reciben sus utilidades dentro del periodo establecido o dicha prestación la reciben incompleta, el trabajador afectado tienen un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades, esto, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.
Sin embargo, las empresas que decidieron ahorrarse esa prestación o por el motivo que sea no entregaron utilidades a sus trabajadores, no saldrán bien librados, pues las empresas y patrones que no cumplan con el reparto de utilidades en tiempo y forma recibirán multas que van de los 50 a los 5,000 salarios mínimos vigentes, tal y como lo señala la LFT.
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