Los pensionados mes con mes esperan con ansias su pensión del IMSS, misma que supone que debe llegar el primero de cada mes de todos los años, sin embargo, eso puede cambiar si se atraviesa un fin de semana o la fecha cae en un día de descanso obligatorio, en esos casos el calendario de pagos del IMSS indica que los pensionados deben de esperar a que llegue un día hábil y así poder disponer de su dinero.
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Cuando el trabajador por pensionarse recibe su resolución de pensión y es aprobatoria en algunos casos no quedan muy conformes con el monto que recibirán mes con mes, para eso pueden ingresar un recurso de inconformidad en el cual el IMSS analizará tu situación y podría llegar a la conclusión de que existe un error y así te aumentarían la pensión, pero también se puede concluir que todo está bien.
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Si a pesar de tu recurso de inconformidad tu pensión sigue siendo baja entonces debes conocer que pasará con la llegada del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que de palabras de la Secretaria de Gobernación se trata de que a través de las afores inectivas las pensiones bajas aumenten y pueden acompletarse para que el monto sea igual al 100% de su último salario.
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De acuerdo con la Secretaría de Gobierno se espera que la primera pensión con este aumento llegue el 1 de julio de 2024, es decir, durante el pago del siguiente mes y mismo que caerá en tiempo y forma porque el calendario del IMSS indica que ese día cae en lunes, por lo que, no hay necesidad de esperar.
¿Quiénes recibirán más de 16,000 pesos?
El Decreto del Fondo de Pensiones para el Bienestar publicado en el Diario Oficial de la Federación en mayo de 2024 señala en el Artículo 2 que, el Fondo tiene como fin principal recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados, al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Lo anterior, con el objetivo de que:
Las personas trabajadoras que alcancen los 65 años de edad y cuya pensión sea igual o menor a 16,777.68 pesos reciban mediante dichos institutos federales un complemento a las obligaciones del Gobierno federal en relación con la pensión que se obtenga conforme a las disposiciones aplicables para que sea igual a su último salario.
Además, el decreto indica que dicho aumento sucederá siempre y cuando hayan iniciado la cotización en términos de la Ley del Seguro Social vigente a partir del día 1 de julio de 1997, así como para aquellas personas trabajadoras que se encuentren bajo el régimen de cuentas individuales ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
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Cabe mencionar que serán el IMSS y el ISSSTE los únicos responsables de los montos, cálculos, revisión de documentación y pagos que lleven a cabo para determinar que una persona trabajadora tiene el derecho de recibir un complemento a las obligaciones del Gobierno federal en relación con su pensión.