La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al expresidente Vicente Fox y al candidato presidencial de Movimiento Ciudadano (MC), Jorge Álvarez Máynez, retirar publicaciones realizadas en 'X' los días 30 y 31 de mayo, debido a una posible violación del periodo de veda o reflexión del proceso electoral en curso.
En un comunicado, el INE informó que resolvió algunas medidas cautelares: dos denuncias presentadas por el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) contra Fox Quezada, y otra más iniciada de oficio por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) contra el candidato presidencial de MC.
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¿Qué publicaron Fox y Máynez en 'X'?
En el caso de Fox Quesada, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE decidió proceder con la medida cautelar sobre cuatro publicaciones en 'X'.
El análisis preliminar sugirió que estas publicaciones podrían constituir propaganda electoral durante el periodo de veda, lo cual va en contra del objetivo de permitir que la ciudadanía reflexione sobre la información recibida durante las campañas electorales. Sin embargo, se declaró improcedente la medida respecto a dos publicaciones cuyo contenido ya no es accesible.
En cuanto a Álvarez Máynez, la Comisión determinó que la publicación de un video en 'X', ameritaba la adopción de una medida cautelar.
De acuerdo con el INE, preliminarmente se consideró que este video podría constituir propaganda electoral prohibida durante la veda, ya que fue emitido por un candidato y hacía referencia a un partido político, la candidatura presidencial, la palabra "voto" y la frase "vieja política", usada durante toda su campaña electoral.
Denuncian publicación a favor de Xóchitl Gálvez Ruiz
A estas denuncias se sumó el caso relacionado con Claudio X González Guajardo, en el que se señalaron publicaciones en su perfil de la red social 'X', aparentemente de carácter proselitista a favor de la candidata de la coalición "Fuerza y Corazón por México", Xóchitl Gálvez Ruiz.
La Comisión resolvió, por unanimidad, que era procedente la adopción de la medida cautelar respecto a dos publicaciones que podrían ser mensajes proselitistas, al llamar al voto y a la reflexión. Sin embargo, se determinó que no era procedente la medida cautelar respecto a cuatro publicaciones realizadas anteriormente, ya que, según el análisis preliminar, no contienen contenido que pudiera vulnerar el periodo de veda electoral del proceso actual.