PENSIONES Y JUBILACIONES

IMSS e ISSSTE: Estos son los pensionados que recibirán un pago extra

A cambio de cumplir con un requisito, habrá algunos pensionados del IMSS o del ISSSTE que recibirán un dinerito extra

Aunque habrá pensionados que tendrán que esperar más horas para recibir su pensión de mayo, algunos recibirán un dinero extra.
Aunque habrá pensionados que tendrán que esperar más horas para recibir su pensión de mayo, algunos recibirán un dinero extra. Créditos: LSR/Cuartoscuro
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Los pensionados del IMSS y del ISSSTE están a punto de recibir su pensión correspondiente al mes de mayo, sin embargo, eso no quiere decir que todos vayan a poder cobrar su dinero al mismo tiempo, pues cada institución tiene su propio calendario de pagos, por ejemplo, los pensionados del IMSS deben recibir su pensión los primeros de cada mes, mientras que los pensionados del ISSSTE pueden cobrar su dinero a finales de cada mes.

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En el caso de los pensionados del IMSS, se supone que deben recibir su pensión el primero de cada mes, eso sí, siempre y cuando no se atraviese un día feriado en el cual haya una suspensión de labores o si cae en fin de semana, porque de ser así el pago caerá hasta que llegue un día hábil y por lo tanto los pensionados tienen que esperar. 

Tal y como será el caso de mayo, pues el 1 de mayo caerá en miércoles, pero ese día es el Día del Trabajo y es considerado como día de descanso obligatorio, por lo tanto, se suspenden labores y por ese motivo los pensionados del IMSS tendrán que esperar unas hroas más su pensión, pues de acuerdo con el calendario de pagos 2024 del IMSS, el pago de mayo caerá hasta el jueves 2 de mayo del 2024. 

Sin embargo, no será el caso de los pensionados del ISSSTE, pues ellos al cobrar su dinero cada fin de mes, en esta ocasión su pensión llegará el 29 de abril, es decir, un día antes del Día del Niño, por lo tanto, se puede decir que estos pensionados recibirán su dinero antes que los del IMSS

Estos son los pensionados que recibirán más dinero

Hay que recordar que, no sólo los trabajadores deben de cumplir con sus declaración anual, pues también hay algunos pensionados del IMSS o ISSSTE que deben cumplir con esta obligación fiscal. La Prodecon indica que, los pensionados que tienen que presentar su declaración anual son los que tengan ingresos excedentes a 400,000 pesos. 

Si eres de los pensionados que todavía no hace su declaración anual recuerda que tienes hasta el 30 de abril para hacerlo, estos son los gatos que puedes deducir:

  • Gastos Médicos
  • Gastos Funerarios
  • Primas de seguro de gastos médicos
  • Cuentas especiales y personales para el ahorro

Toma en cuenta que, si haces tu declaración anual hay dos opciones: Recibes saldo a favor o saldo en contra, si eres de los afortunados de recibir saldo a favor eso quiere decir que el SAT te pagará y por lo tanto aparte de tu pensión recibirás un dinerito extra, pero si el resultado te arroja saldo en contra tú eres el que le debe de pagar al SAT. 

¿Cómo solicitar tu saldo a favor? De acuerdo con el SAT, para hacer valer tu derecho existe el proceso de devolución ofreciéndote la posibilidad de recibir el saldo a favor automáticamente. Debes de hacer lo siguiente:

  • Señalar la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio
  • Presentar la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable, según corresponda

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Si el saldo a favor es igual o menor a 10,000 pesos puedes presentar la declaración anual con contraseña.

Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y no excede de 150,000 pesos podrás presentar tu declaración anual con contraseña, siempre y cuando selecciones una cuenta CLABE activa a 18 dígitos ya precargada en el aplicativo, misma que deberá estar a nombre del contribuyente.

Si el saldo a favor es de 10,001 pesos a 150,000 pesos, la declaración anual se presentará utilizando la e.firma o e.firma portable.

Si el saldo a favor de la declaración anual excede 150,000 pesos no podrás aplicar la facilidad de solicitar tu devolución en forma automática, sin embargo, podrás solicitar la devolución del saldo a favor a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

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