APOYOS ECONÓMICOS

Pensión del Bienestar: ¿Cambios en los requisitos para recibir 6,000 pesos en 2024?

Si eres de los interesados en formar parte de la Pensión del Bienestar o ya recibes tus 6,000 pesos bimestrales debes saber esta información sobre los requisitos que señalan las reglas del programa

De acuerdo con las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores para el ejercicio fiscal 2024, los requisitos son los siguientes.
De acuerdo con las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores para el ejercicio fiscal 2024, los requisitos son los siguientes.Créditos: LSR/Cuartoscuro
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La Pensión del Bienestar para adultos mayores es un programa social en México diseñado para brindar apoyo económico a personas de 65 años en adelante. Esta pensión, también conocida como Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores se entrega con la intención de que estos adultos mayores tengan puedan acceder a un ingreso económico en caso de no tenerlo o si lo tienen pues tengan una mejor calidad de vida.

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El objetivo principal de la Pensión del Bienestar para adultos mayores es proporcionar un ingreso regular y suficiente para cubrir algunas de las necesidades básicas de esta población, como alimentación, medicamentos, despensa y otros gastos cotidianos para ayudar a su economía.

El programa de Pensión del Bienestar se implementa a través de la Secretaría de Bienestar y entrega 6,000 pesos cada dos meses para los adultos mayores inscritos al programa con la intención de acceder a una mejor calidad de vida y puedan solventar sus gastos prioritarios. 

Sin embargo, para poder recibir estos 6,000 pesos de manera bimestral los adultos mayores deben cumplir con ciertos requisitos, empezando con cumplir con la edad que se requiere y con tener a la mano su tarjeta del Banco del Bienestar, pues este plástico se convirtió en el único medio para poder recibir y cobrar este apoyo económico. 

Lo que debes saber sobre los requisitos para recibir Pensión del Bienestar

De acuerdo con las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores para el ejercicio fiscal 2024, lo requisitos para que los adultos mayores puedan recibir su Pensión del Bienestar son los siguientes:

  • Acta de Nacimiento.
  • Documento de Identificación vigente: Credencial para votar, pasaporte vigente o credencial del INAPAM, u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
  • CURP.
  • Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.
  • Formato Único de Bienestar debidamente llenado (Anexo 2 de las presentes Reglas de Operación).

Persona Adulta Auxiliar

  • Documento de Identificación vigente: Credencial para votar, pasaporte vigente o credencial del INAPAM, u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
  • CURP.
  • Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.
  • Formato Único de Bienestar debidamente llenado (Anexo 2 de las presentes Reglas de Operación).

En este sentido, es importante dejar en claro que en este mismo reglamento se señala que de mentir respecto a estos datos, su Pensión del Bienestar podría ser suspendida o se le podría dar de baja del programa social, de igual forma, hay indicaciones para los que no cuenten con ciertos documentos. 

Las reglas de la Pensión del Bienestar indican que, "a fin de garantizar la personalidad de los derechohabientes, así como su supervivencia, previo a la incorporación y emisión de los pagos, se podrá llevar a cabo una compulsa de datos, mediante la consulta de la CURP con el Registro Nacional de Población (RENAPO), a fin de verificar y validar su congruencia con la información registrada en el Programa".

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En el caso de que la información proporcionada por el RENAPO presente variaciones o actualizaciones, se considerará como válida aquella que se encuentre disponible al momento en que se realice su consulta y para los efectos que se haya realizado. Asimismo, se puede leer en el documento que, "de conformidad con el principio pro-persona, la falta total o parcial de resultados de la compulsa de la CURP, no será condicionante para la incorporación ni para la entrega de los pagos del Programa". 

Por su parte, las personas adultas mayores que por causas de fuerza mayor o caso fortuito no cuenten con alguno de los documentos que se piden como requisitos "deberán señalar por escrito cuál es el documento faltante y el motivo por el que no se cuenta con éste, incluyendo en el escrito los datos personales que deberían aparecer en el documento que no se entrega, mismo que deberá ser firmado bajo protesta de decir verdad y ante dos testigos, quienes deberán indicar su domicilio particular y de contar con ella, presentar una copia de su identificación oficial". 

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