La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el viernes pasado un acuerdo mediante el cual emitió medidas cautelares contra 921 personas que fueron encontradas afiliadas a partidos políticos, pero buscaban colarse al proceso electoral como capacitadores o asistentes electorales. De ellos, 513 pertenecían al partido Morena, 60 al Partido Verde Ecologista de México (PVEM), 37 al Partido del Trabajo (PT), 160 del PRI, 54 de Movimiento Ciudadano, 14 del PAN y 83 del PRD.
El árbitro electoral ordenó bajar a estas 921 personas, con mayoría morenista, del proceso de selección para ser Capacitarores/as Asistentes Electorales (CAE) en las elecciones de 2024, que se celebrarán el próximo 2 de junio.
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Además, instruyó al Encargado del Despacho de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del INE, para que de inmediato realice las acciones necesarias para notificar a los afectados por esta decisión.
El acuerdo del INE es impugnable mediante el recurso de revisión respecto del procedimiento especial sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
El acuerdo fue aprobado en la Séptima Sesión Extraordinaria Urgente de carácter privado de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, celebrada el 2 de febrero pasado, por unanimidad de votos de la Consejera Electoral Maestra Rita Bell López Vences, del Consejero Electoral Maestro Arturo Castillo Loza, así como de la Consejera Electoral y Presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez.
La “megamulta” de Morena
El pasado 31 de enero, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) finalmente confirmó por unanimidad la multa de poco más de 62 millones de pesos a Morena por omitir en sus reportes de ingresos y gastos más de 40 millones de pesos durante las giras de las denominadas “corcholatas”.
En la sesión, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, ponente del proyecto señaló que la sanción impuesta por el Instituto Nacional Electoral no fue arbitraria ni fortuita, sino fue una consecuencia directa de las acciones y omisiones del partido recurrente y de las personas aspirantes en una campaña que generó beneficios a Morena.
La “megamulta” del Consejo General del INE fue impugnada ante el Tribunal por parte de Morena por las siguientes razones:
- Matriz de precios no actualizada.
- Prácticas dilatorias.
- Retroactividad de los Lineamientos.
- Impugnación en lo individual de las conclusiones señaladas.
Pero, en su proyecto, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña argumenta que lo alegado por Morena es infundado porque “el ejercicio de la matriz de precios realizado por la responsable fue según los parámetros establecidos en las bases generales por esta Sala Superior 9 y en el Reglamento de Fiscalización 10, además de que sí fundó y motivó la determinación de utilizar aquella elaborada para los dictámenes de campaña de los Procesos Electoral”.
Acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE by La Silla Rota on Scribd