POLÍTICA

SCJN batea amparos de Elektra, de Salinas Pliego, para evitar pago de 26 millones de pesos

Con tres votos a favor, de los cinco ministros que integran la Sala, fue rechazada la propuesta del Ministro Luis María Aguilar para estudiar y emitir una sentencia

Pago Elektra.Créditos: Cuartoscuro
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Grupo Elektra fue notificado del rechazó del estudio de cuatro amparos con los que pretende evitar el pago de dos créditos fiscales por 26 mil 806 millones de pesos. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), consideró que los argumentos presentados por la empresa carecen de pruebas para analizar y emitir una sentencia.

Con tres votos a favor, de los cinco ministros que integran la Sala, fue rechazada la propuesta del Ministro Luis María Aguilar para estudiar y emitir una sentencia contra los recursos tramitados contra la empresa de Ricardo Salinas Pliego.

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Al negar la atracción de estudio, los ministros tomaron la decisión de turnar los casos a la Ministra Loretta Ortiz, para que realice el análisis y emita una sentencia. Una vez que la Ministra emita los fallos serán turnados a tribunales colegiados para que emitan, con criterio de libertad, sentencias que pueden ser a favor contra Elektra.

El pasado 22 de agosto, el procurador fiscal, Félix Arturo Medina Padilla, dio a conocer la presentación de una queja contra el ministro Luis Aguilar por considerar que ha demorado en resolver un caso de adeudo al fisco por 25 millones de pesos.

Sin mencionar el nombre de Elektra, el funcionario responsabilizó a Elektra de no pagar impuestos en los años 2020, 2011 y 2013.

(Foto: Cuartoscuro)

“Esta empresa, abusando de su gran estructura corporativa, ha operado diversas estrategias legales para impugnar y retrasar la emisión de una sentencia que lo obligue al pago de impuestos

En conferencia de prensa en Palacio Nacional, el fiscal mencionó la evasión del pago de pago, porque desde hace 13 años la empresa ha presentado diversos juicios, los cuales han llevado al retraso de los litigios.

Al mencionar el caso, culpó al Ministro Luis María Aguilar Morales, de retrasar la definición, al asegurar: “con el pretexto de la excepcional facultad de atracción solicitada por parte de la empresa, pidió al pleno de la Suprema Corte analizarlos y ha sido omiso al resolverlos sin causa justificada”.

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido omisa, como mencionaba, en resolver este asunto, retrasar indebidamente la resolución del asunto atenta no solamente contra la Constitución Federal, contra la propia naturaleza de la Suprema Corte de Justicia que debe impartir justicia, sino también en contra de los recursos de todos los mexicanos”.

CAO