Como todos sabemos, el programa de pensiones del Bienestar para adultos mayores de 65 años o más es uno de los programa sociales insignia de la actual administración federal encabezada por el presidente de la república Andrés Manuel López Obrador; dicha ayuda apoya de manera universal a mujeres y hombres mayores de 65 años en todo el país para brindarles en el último tramo de su existencia una vida más digna.
Cabe recordar que fue en 2019 cuando el el Gobierno de México creó esta pensión universal no contributiva denominada "Pensión del Bienestar para Personas Adultas Mayores", la cual un año después, es decir en 2022 estaría siendo publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto con el que reformó y se adicionó el artículo cuarto de la Constitución el cual elevó a rango constitucional el derecho a la pensión no contributiva para todas las personas adultas mayores del país.
De acuerdo con información de la propia Secretaria del Bienestar dicha Pensión del Bienestar para adultos mayores contribuye al bienestar de las personas adultas mayores a través de una dispersión económica bimestral que ayude a este sector poblacional a mejorar sus condiciones de vida y que permite a las personas adultas mayores acceder a la protección social.
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Vale la pena recordar que este apoyo social es bimestral, lo que significa que las personas adultas mayores beneficiadas cobran un monto de 4,800 pesos cada dos meses, dinero con el cual se apoyan para su subsistencia.
¿Habrá aguinaldo este fin de año por parte de la Pensión del Bienestar para las personas adultas mayores?
A pesar de que este apoyo económico es bimestral como ya se mencionó, hay que recordar que, las personas adultas no obtienen un depósito de aguinaldo por fin de año por parte de sus pensiones del Bienestar.
En este sentido, los adultos mayores deben de tomar en cuenta que a este 2023 solamente le quedan dos pagos por depositar a los plásticos con los que cada dos meses cobran su ayuda económica.
Esto quiere decir que los últimos dos pagos de este año se realizarán durante los bimestres septiembre-octubre (se paga en septiembre) y noviembre-diciembre (se paga en noviembre), lo que significa que como ya va un mes desfasada la ayuda el mes de diciembre ya se incluye en el deposito bimestral de noviembre-diciembre; si bien las personas adultas mayores no podrán gozar de un último pago en el mes de diciembre es importante que en caso de que aún no se den de alta lo hagan, y los requisitos para hacerlo son los siguientes:
- Acta de nacimiento.
- Documento de Identificación vigente:
- Credencial para votar o
- Pasaporte vigente o
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.
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AJA