El tema de las pensiones y las modalidades para las y los retirados o próximos a jubilarse es de suma importancia, ya que de una buena elección de forma y de modalidad de pensión dependerá que las y los jubilados tengan un retiro digno para vivir con tranquilidad económica su vejez.
Es por esta razón que el saber sobre los beneficios de las modalidades para pensionarse y una correcta asesoría financiera hará que los interesados tomen la mejor decisión a la hora de jubilarse; es por eso que el despejar todas y cada una de las dudas que tengas antes de realizar tu trámite de pensión es uno de los primeros pasos que debes realizar.
Vale la pena señalar que tanto la Modalidad 40 como la Modalidad 10 son de las preferidas para las y los pensionados pensando en su retiro, sin embargo es importante conocer de que va cada una de estas modalidades.
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Para comenzar, lo primero que se debe de saber es que la modalidad 10 del IMSS cuenta como régimen obligatorio, es decir que mientras estés sumando semanas dentro de dicha modalidad ante el Seguro Social se considera como que estás laborando con un patrón.
A su vez, la Modalidad 40 solo aplica cuando la persona interesada ya esta en retira, es decir que ya no cotiza y, por lo que deja de tener algunos beneficios en comparación con su homóloga; es por eso que el nombre oficial de esta forma de pensión es Continuación Voluntaria el Régimen Obligatorio.
¿Me puedo pasar de la Modalidad 10 a la Modalidad 40 del IMSS?
Si bien, el cambio de modalidad es un trámite muy delicado el cual requiere de mucha asesoría, la respuesta una de las dudas más frecuentes de los pensionados es SI, si puedes pasar de la Modalidad 10 a la Modalidad 40 de la Pensión del IMSS.
Vale la pena mencionar que tras cotizar un tiempo en la Modalidad 10 del IMSS, puedas pasarte a la modalidad 40 del IMSS con la ventaja que en la Modalidad 40 ya puedes empezar a inyectarle capital voluntario a tu pensión.
Esto quiere decir que pasar de Modalidad 10 (régimen obligatorio) a Modalidad 40 (régimen voluntario) sí es posible y puede ser hasta aconsejable para muchas personas.
Es importante mencionar también que en caso de que pertenezcas a la Ley 73 y estés cotizando ante el IMSS bajo la Modalidad 10 debes saber que sí puedes cambiarte a la modalidad 40, pero lo recomendable es hacerlo en el momento adecuado y con la asesoría financiera pertinente.
AJA