MILITARIZACIÓN

¿Qué decidió la SCJN sobre la Guardia Nacional? Aquí el ABC

Con los cambios, los militares que formen parte de la Guardia Nacional serán juzgados conforme a leyes civiles

Echó atrás la reforma que pasó el mando de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional
La Suprema Corte.Echó atrás la reforma que pasó el mando de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa NacionalCréditos: Cuartoscuro
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La Suprema Corte de Justicia resolvió esta semana que la Guardia Nacional no debe ser parte del Ejército, luego de la reforma a leyes secundarias que el presidente Andrés Manuel López Obrador envió al Congreso y éste aprobó, después de un intento fallido de reformar la constitución. 

La acción de inconstitucionalidad 137/2022 fue promovida por senadores de la 65 Legislatura del Congreso de la Unión.

Demandaron invalidez del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Ley de la Guardia Nacional; Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; y Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública.

Todas fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de septiembre de 2022. El recurso fue turnado al ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara Carrancá.

Durante el análisis, se invalidó el traslado de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). Con ello, las facultades orgánicas, administrativas, presupuestales y directivas de la Guardia Nacional estarán bajo el control de la Secretaría de Seguridad y Participación Ciudadana (SSPC).

La determinación fue tomada tomando como base artículo 21 constitucional, el cual establece que la Guardia Nacional debe ser civil. También que estará bajo el mando de la Secretaría de Seguridad y Participación Ciudadana, en su operatividad y en temas administrativos. 

Los ministros también invalidaron la facultad que tenía el titular de la Secretaría de la Defensa Nacional para proponer el nombramiento de la persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional.

Ahora, el mando de la Guardia Nacional deberá ser nombrado por el funcionario que dirija la Secretaría de Seguridad y Participación Ciudadana.

Hasta antes del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el secretario de la Defensa Nacional elegía quién era el mando de la Guardia Nacional. También invalidaron el régimen diferenciado del personal de la Guardia Nacional proveniente de la Policía Militar.

La ley establecía que los elementos del Ejército y Fuerza Aérea pertenecientes a la Guardia Nacional serían juzgados con leyes militares. Con los cambios, los militares que formen parte de la Guardia Nacional serán juzgados conforme a leyes civiles.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, también determinó que los elementos de la Guardia Nacional deben ser civiles.

Con el cambio, todos los soldados y marinos que fueron comisionados a la Guardia Nacional tendrán que ser dados de alta como personal de la Guardia Nacional bajo el mando de la SSPC.

Los efectos (a partir de cuándo inician los cambios) de la resolución serán determinados mañana por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.