VACACIONES

Semana Santa: ¿Los "godínez" tienen días obligatorios de descanso? Esto dice la Ley

Muchos descansarán el jueves y viernes santo, así como los estudiantes tendrán un periodo vacacional que empieza en unos días

Si descansas o no el jueves y viernes santo será dependiendo de cada empresa, checa lo que dice la Ley Federal de Trabajo.
Si descansas o no el jueves y viernes santo será dependiendo de cada empresa, checa lo que dice la Ley Federal de Trabajo.Créditos: Especial
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Estamos a días de que arranquen las vacaciones de Semana Santa correspondientes a este 2023 y como se sabe desde hace varias semanas los estudiantes descansarán del 31 de marzo al 14 de abril, mientras que algunos trabajadores lo harán sólo el jueves y viernes santo, pero ¿qué hay de los “godínez”? ¿ellos tienen días de descanso obligatorio o sólo se quedarán mirando la dicha de los demás?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, no hay días de descanso obligatorio por el jueves y viernes santo, por lo que la mayoría de los trabajadores tendrá que laborar el próximo 6 y 7 de abril.

Sin embargo, esta decisión dependerá de cada empresa, ya que algunas sí otorgan esos días libres con motivo de las celebraciones religiosas, pero no en todas es así y se debe a que no son días obligatorios.

Si no descansas esta Semana Santa, tienes una posibilidad de hacerlo en los próximos puentes del 2023. (Pixabay)

Cabe destacar que, a comparación de la otra fecha cristiana anual, o sea Navidad, que tiene un día establecido en el calendario, la Semana Santa varía dependiendo el calendario de cada año.

Y es que toma en cuenta que, la fecha de Semana Santa se calcula con base en la primera luna llena posterior al equinoccio de primavera, el cual tampoco coincide anualmente, aunque su margen es de dos días, entre el 19 y 21 de marzo, pero, no todo está perdido en caso de que no vayas a descansar los días santos, pues tal vez tengas la suerte de descansar en los puentes que siguen.

¿Qué puentes restan de 2023, según la SEP?

El calendario de la SEP señala la suspensión de labores docentes en las siguientes fechas:

  • 1 de mayo: Por el Día del Trabajo.
  • 5 de mayo: Conmemoración a la Batalla de Puebla.
  • 16 de septiembre: Aunque la fecha cae en sábado, se trata de un descanso obligatorio y si te toca trabajar deberán pagarlo doble.
  • 20 de noviembre: Será el tercer lunes de noviembre y corresponde a la conmemoración de la Revolución Mexicana.
  • 25 de diciembre: Será lunes, por lo que habrá puente en ese fin de semana por la celebración de Navidad.

Las juntas de Consejo Técnico Escolar (CTE) se llevarán a cabo cada viernes de fin de mes, en las siguientes fechas:

  • 28 de abril
  • 26 de mayo
  • 30 de junio