Hace apenas unos días el Senado de la República aprobó la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios, sin embargo , la minuta que fue aprobada por la Cámara de Diputados fue enviada al Senado desde 2019; con el fin de visibilizar el incumplimiento de la pensión alimenticia y sancionar a los morosos con faltas administrativas como negar la adquisición de documentos de identificación como licencia o pasaporte.
Este registro servirá como un instrumento para que las familias mexicanas denuncien públicamente al tutor que no cumpla con sus obligaciones alimenticias, entre ellas cubrir por completo la pensión establecida por un juez tras el divorcio de un matrimonio con hijos de por medio.
Vale la pena resaltar que este nuevo registro es resultado de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la cual garantiza la proveeduría del menor en el hogar tras el divorcio de sus padres; en todo caso que uno de los tutores se dedique preponderantemente al hogar y el otro a trabajar, será este último el obligado a dar pensión.
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La creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios, contempla que cada persona deberá presentar el certificado de no inscripción al Registro Nacional de Deudores Alimentarios para realizar algunos trámites como lo son:
- Solicitud de permisos
- Licencias para conducir
- Trámite de pasaporte
- Trámites ante notario, referentes a la compra-venta de inmuebles y cesión de derechos.
Sin embargo, siendo una ley flexible también se esta planteando la posibilidad de que todos estos trámites restringidos puedan llevarse a cabo por el deudo solo en caso de que la salida del país sea por motivos de trabajo y se demuestre que estos ingresos o parte de ellos serán destinados a su pensión alimenticia, esto quiere decir que quedará a criterio del juez de lo familiar el otorgar el permiso especial para que el deudor pueda salir de México o no.
Esto obligará a los morosos a iniciar un proceso en materia judicial para poder salir del país, lo que significa que se pondrá en todo momento en primer lugar el bienestar mayor del menor, esto para garantizar un abasto justo y suficiente en su pensión alimenticia.
¿Cuándo se deja de pagar la pensión alimenticia a los hijos?
De acuerdo con el artículo 301 del Código Civil Federal, este pago, que es mensual, debe considerar no solo la alimentación del beneficiario; también su educación, la vestimenta, la salud, la vivienda y actividades recreativas.
Y aunque popularmente se cree que la pensión alimenticia se deja de proporcionar cuando los hijos cumplen la mayoría de edad, la realidad es muy diferente.
El pago de esta obligación continúa mientras se estén formando académicamente y no cuenten con recursos económicos propios. Si los hijos o alimentarios están estudiando una carrera universitaria, pueden seguir recibiendo el pago hasta los 21 años; o hasta que finalicen sus estudios profesionales.
AJA