PENSIONES

Si heredaste pensión IMSS o ISSSTE,estas son las razones por las que puedes perderla

Para quienes sean personas beneficiarias de la pensión del IMSS o ISSSTE deberán estar al pendiente de las razones por las que podrían dejar de recibirla

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Una de las mayores preocupaciones de los mexicanos es qué pasará cuando lleguemos a faltar, pero los trabajadores jubilados del IMSS e ISSSTE ya no tienen por qué preocuparse, ya que pueden heredar su pensión a alguno de sus familiares, pero existen algunas razones por las que los beneficiarios pueden perder este apoyo.

En el caso del IMSS, la esposa (o) o concubina del pensionado fallecido, así como los hijos (as) y padres del pensionado pueden solicitar la pensión del familiar pensionado por la institución.

Los jubilados del ISSSTE también pueden dejar protegidos a sus familiares a través de su pensión, la cual pueden recibir su esposa (o) o concubina (o), hijos, padres y madres que dependan de ellos o hijos con discapacidad.

Sin embargo, existen algunas razones por las que los beneficiarios de la Pensión IMSS e ISSSTE pueden perder este derecho contempladas en la Ley que rige a cada institución.

Motivos por las que podrías perder la pensión IMSS e ISSSTE que heredaste

Existen tres situaciones o motivos por lo que podrías perder la pensión asignada por el IMSS o el ISSSTE

1. Si te vuelves a casar o entras a otro concubinato

En el caso de la pensión por viudez, el IMSS establece que la viuda o concubina recibirá la pensión mientras no contraigan nupcias o entren en concubinato, pues de lo contrario recibirá una suma global equivalente a tres anualidades de la pensión.

El ISSSTE por su parte, advierte que se retira la pensión por viudez cuando el beneficiario contraiga nuevas nupcias o lleguen a vivir en concubinato. En este caso la viuda, viudo, concubina o concubinario recibirán como única y última prestación lo correspondiente a seis meses de la pensión a la que tenían acceso.

2. Si dejas de estudiar 

En el caso de orfandad, tanto el IMSS como el ISSSTE establecen que se otorgará a los hijos menores de 16 años o hasta los 25 años sólo si se encuentran estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional y siempre que no sean sujetos del Régimen Obligatorio del Seguro Social.

3. En caso de fallecimiento 

En cualquiera de las modalidades, los beneficiarios de la pensión IMSS o pensión ISSSTE no podrán heredar y dejarán de recibirla al morir. 

Si tienes más dudas puedes visitar las páginas del IMSS y el ISSSTE o acudir a tu unidad de medicina familiar más cercana.