En México todos los trabajadores bajo el esquema formal tienen derecho a recibir un aguinaldo, el cual debe ser emitido bajo ningún pretexto ni condición. Esta prestación es esperada por todos los trabajadores y por lo general estos recursos son esperados para planes de adquisición en los hogares, pero ¿se puede cobrar el aguinaldo de un trabajador fallecido? Aquí te contamos los detalles.
En este sentido, al inicio era una gratificación o regalo que el patrón otorgaba de forma voluntaria a sus trabajadores a razón de las fiestas navideñas, no obstante, luego del beneficio que representaba esta gratificación, se oficializó a través de la Ley Federal del Trabajo (LFT) en su artículo 87.
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“Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”, se lee en la LFT.
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¿Se puede cobrar el aguinaldo de un trabajador fallecido?
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), cuando un trabajador fallece, los beneficiarios de éste tienen derecho a solicitar el pago del aguinaldo sólo si existe un pliego testamentario en la empresa o establecimiento en el cual los beneficiarios estén expresamente designados.
En tanto, si no se cuenta con este documento, se tendrá que realizar un juicio de designación de beneficiarios ante la Junta Federal o Local de Conciliación y Arbitraje, para que de esta forma se realice el pago del aguinaldo de un trabajador fallecido. Asimismo, la Profedet destaca que, al ser un concepto que la empresa ya adeudaba al trabajador, aún fallecido, este debe ser entregado a sus beneficiarios.
¿Cuánto tiempo se tiene para cobrar el aguinaldo de un trabajador fallecido?
La Procuraduría de la Defensa del Trabajo señaló que los beneficiarios cuentan con hasta un año a partir del 20 de diciembre para reclamar ante las autoridades señaladas anteriormente el pago del aguinaldo del trabajador finado, dado el caso que este no haya sido pagado o solo se haya hecho el pago de forma parcial.
En este mismo tenor, de lo contrario, la compañía deberá pagar una multa equivalente entre los 18,260 y los 365,200 pesos, de acuerdo con el valor de la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.
BV