La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) suspendió tres spots de la precandidata presidencial opositora Xóchitl Gálvez que se transmitieron por televisión, debido a que los promocionales no cumplen con requisitos para la etapa de precampaña.
Morena denunció a Xóchitl Gálvez Ruiz y a los Partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) por la difusión de los promocionales de televisión denominados PRE REP FED HISTORIA XG V3, PRE REP FED HISTORIA XG V2, y XICHITL HISTORIA.
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La Comisión consideró que los materiales denunciados para el periodo de precampañas del actual proceso comicial federal, no cumplen con el requisito establecido en el artículo 211, numeral 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).
Los materiales denunciados configuran una sobreexposición de la denunciada, lo que justifica la procedencia de la medida cautelar.
Lo anterior implica que los partidos denunciados deberán sustituir los promocionales, en un plazo no mayor a seis horas, y las concesionarias de televisión que estén obligadas a la transmisión, deberán detenerla en un plazo que no podrá exceder de 12 horas.
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Respecto a la tutela preventiva, determinó improcedente ordenar al PAN y al PRD, que se abstengan de realizar todo acto de propaganda calumniosa o actos anticipados de campaña en la producción de sus promocionales en radio y televisión, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.
En relación con la presunta violación al interés superior de la niñez, la Comisión concluyó que no era apropiado suspender el promocional en cuestión, ya que, según el análisis de la imagen referida, no correspondía a una persona menor de edad.
Sobre lo referente a la calumnia, se estimó que ninguna de las expresiones contenidas en los spots se refiere a Morena, sino que se refieren a hechos propios de la denunciada, por lo que no hay afectación al partido, de ahí la improcedencia de ordenar el retiro.
PRD contra Claudia Sheinbaum
El PRD denunció a Claudia Sheinbaum Pardo y al partido Morena por publicaciones en Instagram que mostraban a menores de edad en eventos proselitistas en Veracruz. La Comisión consideró que tanto el partido como el representante legal de la persona denunciada informaron que el material había sido eliminado, resultaba inviable otorgar las medidas cautelares solicitadas, ya que eran actos consumados irreparables. Del mismo modo, no se concedió la precaución preventiva al ser hechos futuros con incertidumbre sobre su repetición.
Al respecto los integrantes de la Comisión de Quejas del INE consideraron improcedente otorgar las medidas cautelares solicitadas, pues se trata de actos consumados de manera irreparable, ya que tanto el partido como el representante legal de la denunciada informaron que el material ya fue eliminado. De la misma forma tampoco fue concedida la tutela preventiva, al tratarse de hechos futuros de realización incierta, pues no se cuenta con información que arroje la probabilidad de que se repetirá o continuará la conducta denunciada.