GENARO GARCÍA LUNA

Caso García Luna: Tribunal frena orden de captura del ex súperpolicía; van contra juez y magistrados

Según la FGR, el dinero de García Luna fue obtenido de forma irregular, ya que no existen evidencias de la forma en que se obtuvieron

García Luna.Créditos: Cuartoscuro
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Un Tribunal Colegiado de Apelación confirmó la cancelación de una orden de captura contra Genaro García Luna, ex titular de la extinta Secretaría de Seguridad Pública (SSP) entre los años 2000 y 2012. El nuevo revés del Ministerio Público está relacionado con la investigación por supuesto enriquecimiento ilícito por un ingreso injustificado, inicialmente de más de 43 millones de pesos durante su gestión como servidor público en el periodo de 2000 a 2012.

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De acuerdo con la resolución del cuerpo colegiado, el hecho de que una persona tenga un incremento en su patrimonio personal es sancionable como buscaba acreditarlo el Ministerio Público de la FGR.

Orden de aprehensión negada de Enriquecimiento ilícito. No cualquier acto o hecho jurídico susceptible de ocasionar un aumento en el patrimonio del servidor público es sancionable, sino únicamente aquellos que en ejercicio de la función pública realice el servidor para acrecentar el mismo y respecto de los cuales se considere ilícito. SE CONFIRMA.

Según la FGR, el dinero de García Luna fue obtenido de forma irregular, ya que no existen evidencias de la forma en que se obtuvieron.

“Sin que los mismos consten en sus declaraciones fiscales y patrimoniales, lo cual está confirmado por diligencias periciales contables. Ahora, el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito, resolvió que se niega el mandamiento judicial obtenido”.

Para la FGR se presentaron datos de prueba para que un juez de Control otorgará la orden de detención, sin embargo fue negada a pesar de que su patrimonio “es desproporcionado e injustificado con relación a sus ingresos lícitos, lo que violenta los principios de legalidad y el debido proceso”.

La FGR asegura que la determinación del Tribunal Colegiado de Apelación, integrado por los magistrados Alberto Torres Villanueva, Manuel Bárcena Villanueva y Gabriela Guadalupe Rodríguez Escoba, es contrario al Código Penal Federal.

“El Tribunal integrado por los Magistrados Alberto Torres Villanueva, Manuel Bárcena Villanueva y Gabriela Guadalupe Rodríguez Escobar, violentando el artículo 224 del Código Penal Federal vigente en la época de los hechos”.

A través de un comunicado la FGR mencionó que el Código Penal establecía: “se sancionará a quien con motivo de su empleo, cargo o comisión en el servicio público, haya incurrido en enriquecimiento ilícito. Existe enriquecimiento ilícito cuando el servidor público no pudiera acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño, en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos…”

Por ello, anunció un procedimiento legal contra el juez de Control, Juez de Distrito, Gerardo Genaro Alarcón López, así como contra los magistrados que confirmaron la sentencia del juez.

En razón de lo anterior, se iniciará el procedimiento legal en contra del Juez de Distrito, Gerardo Genaro Alarcón López, quien inicialmente negó la orden, y de los Magistrados que confirmaron dicha negativa, toda vez que actuaron en contra la administración de justicia.

CAO