Ya están por terminar las sesiones del parlamento abierto para poner sobre la mesa las inquietudes y preocupaciones que no se habían planteado sobre el tema de la reducción de horario laboral, sin embargo, hasta el día de hoy hay quienes está de acuerdo, hay otros que no, mientras que otros sugieren esperar un poco más en lo que las empresas se preparan para ese cambio a beneficio de los derechos laborales, por lo tanto, no se sabe si esta nueva reforma laboral se vaya aplicar o no.
La reducción de horario laboral consiste en disminuir las 48 horas de trabajo semanales a 40 horas para que los trabajadores descansen mínimo 2 días a la semana, esto, en pro de su salud mental y bienestar, por ello, se espera que ya exista una resolución al respecto por el 15 de diciembre de 2023.
Pero, mientras se define la situación en la jornada laboral, en el Congreso de la Unión se aprobó por unanimidad actualizar la tabla de enfermedades de trabajo, herramienta que no se había modificado desde hace más de 50 años, por lo que ahora habrán 88 nuevos padecimientos laborales por los que tendrás derecho a incapacidad.
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La tabla de enfermedades de trabajo es el instrumento que le permite a los médicos diagnosticar padecimientos asociados a las actividades que realizan las personas y, con ello, extender incapacidades, por ello, la tabla fue actualizada con ayuda de expertos del IMSS y está alineada con la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE-11 de la Organización Mundial de la Salud, lo que garantiza que esté actualizada con los últimos avances en medicina y salud en el trabajo, de acuerdo con un boletín de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
¿Cuáles son las nuevas enfermedades laborales?
La actualización de la tabla incorpora 88 nuevas enfermedades laborales y entre ellas se encuentran:
- Covid-19.
- Enfermedades psicosociales.
- Estrés grave.
- Trastornos de ansiedad.
- Enfermedades específicas de la mujer.
- Pérdida del embarazo.
- Endometriosis.
Asimismo, se amplió el espectro de cánceres de origen laboral, que fue de 4 a 30, y las enfermedades por intoxicaciones, de 36 a 46.
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En este sentido, no sólo se verá reflejada la actualización de la tabla de enfermedades, también se plantea la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo para evaluar correctamente la dictaminación que realizan los peritos médicos en medicina del trabajo en México. Para ello, las tablas y el catálogo serán revisados al menos cada cinco años o cuando el progreso y los avances de la medicina del trabajo lo requieran.