En las últimas semanas la forma en la que se ha venido realizando el trabajo está en boca de todos, en especial de los actuales trabajadores, pues hay que recordar que sigue sobre la mesa la propuesta de reducción de horario laboral, es decir, de las 48 horas que se trabajan a la semana pasarían a 40 horas semanales, esto, con la intención de que se descanse por lo menos 2 días a la semana, sin embargo, todavía no se define sí va o no va esta nueva reforma.
Mientras tanto, se espera que el 16 de octubre empiece un parlamento abierto en el que se discutirán puntos claves para llegar a una conclusión y se vote a favor o no de este cambio en la jornada laboral, de acuerdo con información que han revelado las autoridades involucradas, en este parlamento se pondrán sobre la mesa sobre todo temas presupuestales, algo que no se ha tomado mucho en cuenta para decidir este cambio en el trabajo de México.
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Y en lo que se decide si habrá reducción de horario laboral o no, recientemente el Senado de la República aprobó una modificación a la Ley Federal del Trabajo para que en los trabajos de México ya no se solicite ni se exiga la presentación de cartas de no antecedentes penales a las personas que buscan empleo, o a los empleados para asegurar su permanencia o ascenso. Eso sí, es importante mencionar que el dictamen aprobado fue remitido a la Cámara de Diputados.
Con la aprobación de esta reforma a la Ley Federal del Trabajo, los legisladores avalaron el proyecto que prohíbe a los patrones o a sus representantes negarse a aceptar trabajadores por razón de antecedentes penales. Además, se pretende que con este proyecto ya no se discrimine por género, religión, preferencias sexuales, origen étnico, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, opiniones, estado civil o antecedentes penales, para que los mexicanos puedan solicitar un trabajo, o los que ya lo tienen aseguren su permanencia o algún ascenso de los trabajadores.
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Esto tal y como lo marca la Ley Federal del Trabajo en el Artículo 133 en el apartado de: Queda prohibido a los patrones o representantes, ahí se puede leer que queda prohibido que los patrones o representantes se nieguen a aceptar en sus trabajos a trabajadores "por razón de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un acto discriminatorio".
Ya no más cartas de no antecedentes penales
De acuerdo con el Gobierno de México, la Constancia de Antecedentes Penales Federales es un documento oficial del Gobierno de México en el que se hace constar la existencia o no de antecedentes penales de una persona, siempre y cuando sea mayor de edad.
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Este documento se requiere:
- Por una autoridad administrativa o judicial.
- Para ejercer un derecho o cumplir un deber legalmente previsto.
- Por ser requisito para instrucciones de Seguridad Pública o privada.
- Por ser requisito para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público.
- Solicitud de una Embajada o Consulado.
Actualmente, la Constancia de Antecedentes Penales Federales se puede solicitar en línea en este ENLACE y cumpliendo con ciertos requisitos que ahí vienen detallados.