La Pensión IMSS por viudez la recibe la persona que perdió a su esposo u esposa y que contaba con el servicio médico vigente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y no tiene diferencia las pensiones recibidas por retiro, cesantía, accidente laboral o alguna otra modalidad. Sin embargo, una de las incógnitas más grandes que se tienen al respecto es conocer si la personas en viudez puede o no volver a casarse y perder la pensión.
La pensión no necesariamente quedará o será exclusiva se sólo hubo un matrimonio debidamente conocido y reconocido, si la persona fallecida nunca se casó, pero se vio involucrado en una relación de concubinato y dicho concubinato fue registrado y dado conocer al IMSS, la persona del concubinato tiene todo el derecho por ley de acceder a la pensión IMSS.
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Para el IMSS y lo mismo aplica para otras instituciones de gobierno, el concubinato será válido sí y sólo sí se vivió en compañía más de 5 años y haya hijos; no será válida esta relación de concubinato si existió un matrimonio por alguna de las dos partes y no hay documentos que avalen un divorcio.
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¿Pierdo la pensión IMSS por viudez si me vuelvo a casar?
Aunque se pueda pensar que el IMSS no quitaría la pensión por que la persona en viudez vuelva a contraer nupcias o entrar en una relación de concubinato, sí se tiene regulada esa parte; el articulo 66 de la Ley General de Instituto Mexicano del Seguro Social menciona que sucede.
Allí se menciona que:
"Tratándose de la viuda o concubina o, en su caso, del viudo o concubinario, la pensión se pagará mientras no contraigan nupcias o entren en concubinato. Al contraer matrimonio, cualquiera de los beneficiarios mencionados recibirá una suma global equivalente a tres anualidades de la pensión otorgada. En esta última situación, la aseguradora respectiva deberá devolver al Instituto el fondo de reserva de las obligaciones futuras pendientes de cubrir, previo descuento de la suma global que se otorgue."
En otras palabras, si la persona en viudes se vuelve a casar o a entrar en concubinato el IMSS le dará un pago final o finiquito que equivaldrá a 3 anualidades de la pensión que fue otorgada a la persona pensionada fallecida. Por ende, sí se pierde la pensión IMSS de viudez sí te casas de nuevo.
Toma en cuenta que uno de los requisitos fundamentales para solicitar la pensión IMSS por viudez es que la persona fallecida no haya muerto por un accidente laboral, así como también debió contar con un registro mínimo laboral de 150 semanas; si no se tienen alguna de estas no podrás acceder a dicha pensión.
DJC