DERECHOS HUMANOS

Corte IDH obliga al gobierno mexicano evitar utilizar figura del arraigo

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su resolución, obliga a todos los órganos de procuración de justicia a no aplicar la figura del arraigo

Arraigo
ArraigoCréditos: Especial
Escrito en NACIÓN el

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) declaró que la figura del arraigo contemplada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es contraria a la Convención Americana de las Personas Investigadas o Procesadas por algún Delito por lo que obligó al Estado mexicano y a sus órganos de procuración de justicia a evitar utilizar.

La figura del arraigo permite detenciones sin juicio y sin acusación por hasta 80 días, con fines investigativos. El arraigo está previsto en el artículo 16 constitucional y a partir de este día 27 de enero ya no se puede volver a aplicar a nadie, por mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Isidro Muñoz Acevedo, especialista en derecho, advirtió que los jueces mexicanos se encuentran obligados a ejercer un control de convencionalidad respecto del arraigo y la prisión preventiva.

“Esto ya está expresamente mandatado en las medidas de no repetición de la sentencia”.

Desde su punto de vista, esta sería la primera vez que habría que inaplicar la propia Constitución. “Esto va a modificar el entendimiento del parámetro de regularidad constitucional. Por seguridad jurídica, creo que sólo es dable recurrir a ello cuando exista condena internacional. Interesantísimo”, posteó en su red social.

La Corte recordó a las autoridades que al aplicar medidas de arraigo o prisión preventiva, se debe ejercer un adecuado protocolo para respetar los derechos humanos acordados en dicha convención.

“Corresponde reiterar que cuando un Estado ha ratificado un tratado internacional como la Convención Americana, todos sus órganos, incluidos sus jueces, están sometidos a él, lo cual les obliga a velar por que los efectos de las disposiciones de la Convención no se vean mermados por la aplicación de las normas contrarias a su objeto y fin, por lo que en el marco de sus respectivas competencias y de las regulaciones procesales correspondientes, las magistraturas y órganos vinculados a la administración y procuración de justicia en todos los niveles están en la obligación de ejercer ex oficio un control de convencionalidad entre las normas internas y la Convención Americana, y en esta tarea, deben tener en cuenta no solamente el tratado, sino también la interpretación que del mismo hecho la Corte Interamericana, interprete última de la Convención Americana”, indicó la Corte Interamericana.

“Por primera vez en la historia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha declarado inconvencional un artículo de la Constitución mexicana. Habrá que modificarlo lo antes posible y espero que sientan vergüenza quienes votaron a favor esa reforma en 2008. Gracias @CorteIDH”, tuiteó Miguel Carbonell, especialista en jurídico por la UNAM y director del Centro de Estudios Jurídicos Carbonell.

En su hilo de Twitter, detalló:

“Desde que fue presentada por iniciativa del entonces Presidente @FelipeCalderon dijimos que el arraigo violaba estándares interamericanos. Nos ganaron esa discusión pero la historia nos terminó dando la razón. Hoy lo certifica la Corte Interamericana. Momento histórico”, recordó Carbonell.

En el comunicado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se destaca que México reconoció parcialmente su responsabilidad internacional por la violación de los derechos que la Comisión identificó como violados en su informe de fondo y firmó un acta de entendimiento con los representantes de las víctimas del caso Tzompaxtle Tecpile y otros contra México.

De acuerdo con la Corte IDH, México violó los derechos a la integridad personal, libertad personal, garantías judiciales y a la protección judicial en contra de Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López, en el marco de su detención y privación a la libertad, como parte del proceso penal del que eran objeto.