ISSSTE

¿Cómo calcular la pensión por viudez del ISSSTE?

Tanto la Ley del Seguro Social como la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, establecen diversas prestaciones a favor de los asegurados o sus beneficiarios

Si al morir, tu esposo o esposa era derechohabiente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, este es el trámite que puedes realizar para obtener la pensión por causa de Muerte.
Si al morir, tu esposo o esposa era derechohabiente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, este es el trámite que puedes realizar para obtener la pensión por causa de Muerte.Créditos: Especial
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Las personas viudas o viudos de algún trabajador del Estado o pensionado del ISSSTE fallecido tienen derecho a una pensión equivalente al 100% de la que hubiese correspondido al trabajador por invalidez o incapacidad permanente.

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Si al morir, tu esposo o esposa era derechohabiente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, este es el trámite que puedes realizar para obtener la pensión por causa de Muerte del Pensionado, el cual también podrá ser realizado por cualquier personas que se encuentre dada de alta como deudo del trabajador muerto.

Se trata de un trámite completamente gratuito, resalta la página del Gobierno de México, y puede realizarse tanto en línea, a través de este subportal, o de manera presencial en el Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene del ISSSTE más cercano a su domicilio.

¿Cómo calcular la pensión por viudez del ISSSTE?

Si bien, ya sabemos que se tiene que dar a la viuda o viudo lo correspondiente a la pensión por invalidez o incapacidad que hubiera recibido el trabajador, ahora es importante saber a cuánto corresponde.

La pensión por invalidez se trata de una remuneración superior al 50% de la remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo de la persona fallecida, según determinan las Pensiones previstas en las Leyes del IMSS e ISSSTE.

Tanto la Ley del Seguro Social como la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, establecen diversas prestaciones a favor de los asegurados o sus beneficiarios.

¿Qué documentos necesito?

  1. Identificación oficial vigente de la viuda (do) (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula profesional). Original.
  2. Acta de Matrimonio con fecha de vigencia no mayor a 6 meses posterior a su certificación. Original.
  3. Acta de Nacimiento de viuda(o). Original.
  4. Clave Única de Registro de Población (CURP) de viuda(o). Copia.
  5. Acta de Defunción del trabajador(a) derechohabiente. Original.
  6. Identificación oficial vigente de trabajador(a) derechohabiente finado(a) (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula profesional). Original.
  7. Último comprobante de pago del (la) trabajador (a). Copia.

Se trata de un trámite completamente gratuito, resalta la página del Gobierno de México, y puede realizarse tanto en línea, a través de este subportal, o de manera presencial en el Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene del ISSSTE más cercano a su domicilio.

 

(djh)