Unas horas después de ser detenido, el exprocurador General de la República, Jesús Murillo Karam, solicitó una demanda de garantías contra cualquier incomunicación en su contra por parte de las autoridades.
La petición fue hecha por Rosa Azucena Vargas Hernández en representación del ex funcionario quien fue capturado por órdenes de un juez de Control de la Ciudad de México, por los delitos contra la administración de la justicia, desaparición forzada y tortura relacionados con el caso Ayotzinapa.
“Con fundamento en los artículos 15 y 126 de la Ley de Amparo, se concede, la suspensión de plano para el efecto de que cesen los actos de incomunicación que reclama, así como cualquier otro de los prohibidos por los numerales 22 de la Carta Magna y 15 de la citada ley”.
El juez de amparo de la Ciudad de México, también ordenó a las autoridades del Reclusorio Norte, donde se encuentra recluido, otorgarle todas las atenciones médicas para evitar su deterioro de la salud, así como permitirle comunicación con sus familiares y defensa.
“Bajo su más estricta responsabilidad, permitir el acceso de familiares, abogados y/o autorizados de aquellos, en las condiciones y bajo las medidas de seguridad que la propia responsable estime conveniente atendiendo a la emergencia sanitaria que atraviesa nuestro país; así como evitar cualquier acto que pongan en peligro la integridad física y emocional, así como su vida, procediendo las condiciones mínimas de dignidad, sanidad, higiene y conceder todos los tratos humanitarios al impetrante”.
Al otorgar la suspensión de plano, el juez aclara que la salud y la integridad física del Murillo Karam, es responsabilidad de las autoridades penitenciarias, por lo que las instruye a implementar todas las medidas que sean necesarias.
“En la inteligencia de que la seguridad, guarda, custodia y la salud del quejoso, de ser el caso, queda bajo la más estricta responsabilidad de la autoridad a cuya disposición física se encuentre, misma deberá tomar todas las medidas pertinentes para tal efecto atendiendo a la naturaleza y circunstancias del asunto. Por tal motivo, requiérase a las responsables para que, dentro del plazo de veinticuatro horas, informen el cumplimiento que den a esta determinación, así como la situación jurídica de ..., y toda vez que se trata de un asunto urgente previsto en el artículo 126 de la ley de la materia”.
Por el momento Jesús Murillo Karam, se encuentra en el Reclusorio Norte, luego de que un juez de Control del Reclusorio Norte impusiera, a petición de la Fiscalía General de la República, la prisión preventiva justificada por el riesgo de fuego al contar con los medios y conocer personas que pueden ayudarlo a evadir la justicia.
Su situación jurídica se definirá el próximo miércoles, cuando se lleve a cabo la continuación de audiencia en la que juez determinará si es vinculado a proceso o dejado en libertad por falta de pruebas.