Un juzgado en la Ciudad de México negó suspender un decreto emitido por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, contra la prohibición, la circulación y comercialización de los vapeadores, así como las soluciones y mezclas utilizadas para el uso de ese producto.
La jueza en Materia Administrativa determinó negar la suspensión definitiva a la empresa Smokiguru, la cual solicitó la medida en el amparo que interpuso.
Al negar la suspensión, la jueza determinó que “la sociedad resulta interesada en evitar la exposición del sector de población más vulnerable a productos novedosos y emergentes que inducen a riesgos y daños graves para la salud”.
También, argumentó que el Decreto se apoya en estudios científicos del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER) y de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en los que se demostró que el uso de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN) y las soluciones y mezclas para su uso, provocan enfermedades pulmonares agudas.
¿QUÉ DICE LA OMS?
“Asimismo, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), los Productos de Tabaco Calentado (PTC), son dispositivos en los que el tabaco procesado física y químicamente se calienta en vez de sufrir combustión mediante sistemas electrónicos alimentados de baterías; lo cual, libera al usuario altas concentraciones de nicotina, sustancia que tiene efectos adversos para el funcionamiento a largo plazo del cerebro de niños y adolescentes”,
Otro de los argumentos, es que según el Decreto, el aerosol generado y consumido por los usuarios de estos dispositivos, es una nueva fuente de contaminación del aire que afecta a las personas expuestas al mismo, es decir, a fumadoras tanto pasivos, como activos.
Con estos argumentos, la jueza determinó negar la suspensión definitiva.
¿QUÉ DICE EL DECRETO?
“Por tal motivo, resulta improcedente conceder la suspensión provisional para los efectos solicitados por la parte quejosa, pues la sociedad resulta interesada en evitar la exposición del sector de población más vulnerable, a productos novedosos y emergentes que inducen a riesgos y daños graves para la salud”.
En la notificación el juzgado informó a las partes que la audiencia incidental está programada para el 30 de junio.
El pasado 31 de mayo, el presidente Andrés Manuel López Obrador firmó un decreto para prohibir la circulación y comercialización de vapeadores y cigarros electrónicos.
En conferencia mañanera, el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López Gatell, comentó que tanto vapeadores como cigarrillos electrónicos son probablemente más dañinos que los productos convencionales de tabaco, ya que pueden afectar a los menores de edad.
"Es mentira que los nuevos productos, los vapeadores, son una alternativa al cigarro y hoy representan una propaganda que indica que lo que hace daño es quemar el tabaco, el humo, pero eso es falso. También los vapores son dañinos para la salud", afirmó