El próximo 1 de diciembre, la Suprema Corte de Justicia revisará el recurso de amparo impuesto por la Conade luego de que el fallo fuera a favor de la esgrimista, Paola Pliego, quien no participó en los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016 a causa de un falso positivo de dopaje.
Asimismo se ha detallado que la defensa de la deportista Pliego tendría que ser confirmado en votación por la sesión, para así poder concederle la razón a la esgrimista y que se le pague la demanda de 15 millones de pesos que la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte se ha negado a pagar.
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(Foto: Cuartoscuro)
Actualmente, Paola Pliego compite por el país de Uzbekistán y en dado caso de que el veredicto final sea a favor de ella, el Tribunal Colegiado anulará todo el proceso legal que ha impulsado la Conade con la finalidad de evitar el pago de la indemnización
Cabe señalar que este será el primer caso de un tema deportivo que la Suprema Corte de Justicia discuta en donde se aborde el tema del daño moral causado a la atleta.
LA RESOLUCIÓN DE SCJN
Dentro de los documentos de la resolución dados a conocer por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se dictaminó que el amparo otorgado a la Conade fue un error además de haberse considerado a dicha comisión como indefensa y contar con inseguridad jurídica.
Asimismo, se determinó que la Conade cuenta con una amplia responsabilidad en los hechos debido a que contaba con elementos desde un principio para probar que la prueba realizada a la deportista era válida y representaba un hecho veraz y diligente.
(Foto: Cuartoscuro)
“Contaba con mayor disponibilidad, y facilidad para aportar la información, la documentación y los conocimientos técnicos necesarios para tal efecto y por tratarse del organismo público descentralizado encargado de promover el control de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios en el deporte”, señala el documento.
De igual forma, el Tribunal Colegiado contará con la tarea de afirmar o negar si con las pruebas aportadas al juicio, la Conade logró probar la inexistencia de un error en la prueba que realizó a Paola Pliego.
(Foto: Cuartoscuro)
Debido a lo anterior, en caso de que dicho tribunal considere que la Conade no logró demostrar la validez de la prueba, se le señalara como culpable por lo cual deberá de analizar las violaciones que se cometieron en contra de la deportista.
Asimismo el documento detalla que en caso de que el veredicto final sea a favor de la esgrimista, Paola Pliego, se deberá de revisar el monto a pagar por la indemnización por daños a la moral y la condena a pagar.
El documento también señala que a raíz de lo expuesto, queda sin efectos lo determinado en la resolución del pasado 25 de noviembre del 2021 y lo cual fue dictado por la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.
¿QUÉ OCURRIÓ?
En el año 2016, la esgrimista Paola Pliego, se realizó los estudios de dopaje pertinentes para poder participar en los Juegos Olímpicos, sin embargo, según el Laboratorio Nacional de Control operado por la Conade, la deportista salió positivo a una sustancia no permitida.
La sustancia correspondía a modafinilo y por la cual, la esgrimista fue rechazada para participar en las olimpiadas.
Lo anterior causó polémica debido a que Pliego realizó un segundo análisis en Alemania en donde dicho resultado determinó lo opuesto a lo señalado por las autoridades mexicanas.
Debido a estos hechos, la mexicana nunca volvió a ser convocada por la Selección Mexicana de Esgrima y fue así que en 2019 decidió competir por el país de Uzbekistán al mismo tiempo en el que dio pie a los procedimientos legales en contra de la Conade.
CAO