APOYOS ECONÓMICOS

Pensión Bienestar: ¿qué es una persona auxiliar y cómo registrarla?

En próximos días se abrirá un nuevo periodo de inscripciones a la Pensión Bienestar para adultos mayores, donde uno de los requisitos opcionales es registrar a una persona auxiliar

El monto económico de la Pensión Bienestar va dirigido a los adultos mayores de 65 años de edad con el objetivo de ayudarles en su día a día.
El monto económico de la Pensión Bienestar va dirigido a los adultos mayores de 65 años de edad con el objetivo de ayudarles en su día a día.Créditos: Cuartoscuro.
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Entre las dudas que llegan a tener los beneficiarios de la Pensión Bienestar es cuándo les depositarán su próximo pago, así como recuperar su tarjeta Bienestar en caso de haberla perdido, pero también hay preguntas sobre qué es un persona auxiliar dentro del programa del Gobierno de México. 

Primero, recuerda que, la Pensión Bienestar, forma parte de los más de 30 programas sociales a cargo del Gobierno de México, cuyo objetivo es beneficiar a miles de mexicanas y mexicanos a través de apoyos económicos que son entregados bimestralmente a lo largo y ancho del territorio nacional.

El monto económico de la Pensión Bienestar va dirigido a los adultos mayores de 65 años de edad con el objetivo de ayudarles en su día a día para tener una mejor calidad de vida.

Por ello, en próximos días se abrirá un nuevo periodo de inscripciones a la Pensión Bienestar para adultos mayores, donde uno de los requisitos opcionales que tienen los solicitantes es registrar a una persona auxiliar.

¿QUÉ ES UNA PERSONA AUXILIAR DE LA PENSIÓN BIENESTAR?

En las convocatorias que difunde la Secretaría del Bienestar hay un apartado “opcional”, en el que explica que los adultos mayores solicitantes de la Pensión Bienestar pueden registrar a una figura o persona auxiliar.

La persona auxiliar será aquella que funja como “representante”, es decir, que será una persona alterna a la que se contactará en caso de que el derechohabiente no sea localizable para trámites o cualquier motivo relacionado con el programa social.

Otro de los beneficios que se le puede dar a la persona auxiliar, es que en caso de que el adulto mayor de 65 años fallezca el pago que correspondía a un determinado periodo se le brindará para ser recibido.

Cabe señalar que la persona auxiliar no necesariamente debe ser un familiar o cónyuge, también puede ser una persona externa con otro tipo de relación.

¿CÓMO REGISTRAR A LA PERSONA AUXILIAR?

El registro es muy sencillo, los adultos mayores deberán tomar en cuenta que los principales requisitos que debe cumplir la persona auxiliar es: ser mayor de edad, y en caso de no tener un parentesco familiar deberá reunir dos testigos.

La inscripción de la persona auxiliar se realizará el mismo día en que el adulto mayor acuda a generar su afiliación a la Pensión Bienestar y para ello, se tendrán que presentar los siguientes documentos:

  • Identificación vigente: Credencial para votar, pasaporte vigente, credencial del INAPAM o carta de identidad.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) recién impreso.
  • Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad).
  • Documento que acredite el parentesco con la persona adulta mayor que se afiliará al programa social.

Familiar (madre, padre, abuelo/a, tío/a, hermano/a, hijo/a)

  • Acta de nacimiento del beneficiario.
  • Credencial de elector del responsable.
  • Acta de nacimiento del hijo (mayor de 18 años, al igual que el hermano).

Pareja (esposo/a, concubino/a, unión libre)

  • Acta de matrimonio.
  • Constancia de concubinato.
  • Credencial de elector del responsable.

Tutor/a

  • Sentencia y/o acta de tutor.
  • Credencial de elector del responsable.

Otros: (amigo/a, padrino, madrina, vecino/a)

  • Carta compromiso solidario firmada por dos testigos.

Testigos

  • Credencial de elector del responsable.

Una vez que los adultos mayores reúnan los documentos correspondientes a determinado parentesco, deberá acudir a la sede más cercana a su domicilio de la Pensión Bienestar en el día en que le toca ir a inscribirse, presentar la documentación y firmar el Formato Único de Bienestar; en este último el solicitante y la persona auxiliar deberán firmar.

¿QUÉ PUEDE HACER UNA PERSONA AUXILIAR?

  • Recibir anuncias y notificaciones como alta al padrón y sus depósitos.
  • Presentar documentación oficial del adulto mayor.
  • En caso de que el adulto mayor muera, recibirá una “pago marcha” de mil 925 pesos como último pago de la Pensión Bienestar.