Al momento de registrar a los recién nacidos los padres ya podrán escoger el orden de los apellidos, esto, luego que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declara como inconstitucional el artículo que obliga a las y los niños a llevar en el acta de nacimiento primero el apellido paterno y después el materno.
El ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar de Larrea, explicó a través de un video que publicó en sus redes sociales que es un hecho de desigualdad de género.
“¿Qué acaso los padres son superiores que las madres?, ¿Qué acaso el hombre es superior a la mujer? [...] Son iguales ante la ley, son igual con sus hijos merecen la misma dignidad”, dijo.
El jurista aseguró que no se trata de un tema menor, debido a que reproduce un prejuicio que discrimina y disminuye el rol de la mujer en el ámbito familiar, por lo que debe ser desterrado de la legislación mexicana.
Además, señaló que anteriormente sí se pensaba que el hombre era superior a la mujer, ya que era el proveedor del hogar y la figura de autoridad, por lo que todos en la casa (hijos, hijas y esposa) tenían que rendirle culto, sin embargo, ahora la madre y el padre deberán ponerse de acuerdo con el orden de los apellidos.
Cabe mencionar que esta resolución se dio luego de un amparo presentado por una familia.
Actualmente en México, la práctica en donde va antes el apellido del padre que el de la madre es obsoleto y no es aplicable, pues sólo en seis de los 31 estados de la República establece que el primer patronímico debe ser el del hombre, mientras que, en las otras 11 entidades, incluyendo la Ciudad de México, no se especifica el orden.
MJP