Los casos de agresiones contra periodistas mantienen un índice de impunidad del 99.13% por la ineficiencia de las autoridades, acusó Artículo 19.
En su informe especial “Protocolo de la impunidad en delitos contra periodistas” presentado este lunes, la organización internacional señaló que en la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) se han iniciado, desde 2010, mil 140 investigaciones, de las cuales se han consignado 163 y el sistema acusatorio ha judicializado 23 carpetas de investigación.
Sumado a ello, del total de investigaciones iniciadas, se han obtenido 10 sentencias condenatorias, lo que representa que en sólo 0.87% de las investigaciones se arribó a una sentencia contra algún responsable de los delitos. Esto se traduce en un 99.13% de impunidad en delitos contra la libertad de expresión, sólo a nivel federal”, señala Artículo 19.
Además en el informe recordó que desde el año 2000, 123 periodistas han sido asesinados en México: 48 en el gobierno de Felipe Calderón y 47 en el de Enrique Peña Nieto.
En los primeros 90 días del gobierno de Andrés Manuel López Obrador (AMLO), la violencia contra periodistas y personas defensoras de derechos humanos se ha incrementado: 3 periodistas han sido asesinados en relación con su labor, apuntó.
El Estado mexicano ha incumplido sus obligaciones, no sólo de prevención y protección para la labor periodística, sino también en procuración e impartición de justicia. Las investigaciones carecen de eficiencia, exhaustividad e imparcialidad”, asevera Artículo 19 en su informe.
De los 89 casos de homicidios contra periodistas que la FEADLE reporta de 2010 a 2019, en 44 no encontró relación con la labor periodística de la víctima, mientras que en 45 sí encontró.
De los 45 casos, 31 continúan en trámite y sólo se han consignado o judicializado 3, es decir, el 8,8% del total.
Sin embargo, Artículo 19 puntualiza que “a reserva de saber las razones puntuales por las que en 44 casos no encontró relación con el ejercicio periodístico, y si están plenamente justificadas y acreditadas, del total de 89 homicidios registrados en ese periodo, habría una efectividad de 4.4% en la consignación de investigaciones por este delito”.
Artículo 19 recomienda a las autoridades como la FEADLE, fiscalías y procuradurías estatales, así como a comisiones de derechos humanos, lo siguiente.
- Que las autoridades se abstengan de estigmatizar y descalificar a las víctimas de delito y violaciones a derechos humanos
- No omitir su labor periodística
- La línea de investigación relacionada con el periodismo debe ser prioritaria
- Analizar el contexto sobre la actividad periodística de las víctimas
- Investigar y juzgar con perspectiva de género e interculturalidad
- Tratar con respeto y dignidad a las personas víctimas
- Realizar planes de investigación que brinden una debida conducción y orden a los expedientes
- Cumplir lo establecido en el Protocolo Homologado para la Investigación de Delitos contra la Libertad de Expresión
- Atender estándares nacionales e internacionales en materia de libertad de expresión
Resulta apremiante que todas las autoridades cumplan sus obligaciones en materia de libertad de expresión, prevención y protección para el ejercicio periodístico, y abatir la ominosa impunidad que impera en este tipo de delitos, debiendo demostrar total capacidad y voluntad para revertir esta situación de violencia contra la prensa, y que finalmente las y los periodistas desempeñen su labor con plena libertad y seguridad, lo cual hablará de un verdadero sistema democrático en México”, concluye Artículo 19.
cmo