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Admite Corte 3 impugnaciones contra Ley de Comunicación Social

El ministro Fernando Franco admitió las demandas promovidas por la CNDH, el MC y un grupo de senadores

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Escrito en NACIÓN el

Tres acciones de inconstitucionalidad que tienen el objetivo de invalidar la Ley General de Comunicación Social fueron puestas en trámite por un Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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La conocida como “ley chayote” deja, según los inconformes, en manos del Ejecutivo las reglas para contratar propaganda en medios de comunicación.

El ministro Fernando Franco admitió demandas promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por un grupo de senadores, y por el partido Movimiento Ciudadano. Además, pidió al Ejecutivo y al Congreso para rendir informes en 15 días hábiles.

Los senadores que habían pedido a la Corte suspender la ley, se toparon con que los Ministros no tienen esa facultad cuando se impugnan normales generales.

Contrario a lo que pidió el MC, Franco consideró que el trámite de estas acciones no recibirá atención prioritaria; la cual está reservada para asuntos en materia electoral.

"El Ministro instructor que suscribe considera que, en el caso, el procedimiento debe tramitarse conforme a los plazos que la ley prevé para la substanciación de acciones de inconstitucionalidad que no versan sobre materia electoral", resolvió Franco.

Lo más probable es que este asunto no se resuelva este año y que la ley esté vigente cuando entré la nueva administración el 1 de diciembre.

Se necesita por lo menos el voto de 8 de 11 Ministros de la Corte, que al momento de discutirse el tema, puede tener dos nuevos integrantes, debido al retiro de José Ramón Cossío y Margarita Luna.

"Es innegable que la norma impugnada pone en riesgo el ejercicio de la libertad de expresión, pues da pauta a que de forma discrecional, las autoridades establezcan los criterios y lineamientos, de asignación de publicidad oficial", afirmó la CNDH en su demanda.

"Es decir, la ley perpetúa el estado de cosas inconstitucional identificado por la Corte, lo cual también tiene un efecto disuasivo en el ejercicio de la libertad de expresión de los medios de comunicación, toda vez que las afectaciones financieras que sufren los medios críticos pueden llevar a los demás a adoptar posiciones deferentes con el gobierno para no perder recursos".

La Primera Sala de la Corte concedió el amparo para este caso, luego de que el Congreso llevaba cuatro años sin cumplir el mandato de la reforma Constitucional de 2014 para legislar sobre propaganda del Gobierno.

En dicha sentencia, la Corte mencionó que los medios no tienen derecho Constitucional a recibir dinero público, no obstante, la Carta Magna exige que el ejercicio de estos recursos no afecte la libertad de expresión y esté sujeto a reglas claras.

(Con información de Reforma) 

cmo