CRISIS EU-CUBA

¿EU va tras los bienes de Cuba? El fallo que reabre una disputa de 60 años

La Suprema Corte de EU avaló demandas por propiedades nacionalizadas tras la Revolución Cubana; el caso de los puertos de La Habana reaviva el debate sobre soberanía, jurisdicción y compensaciones millonarias

¿EU va tras los bienes de Cuba? El fallo que reabre una disputa de 60 años
¿EU va tras los bienes de Cuba? El fallo que reabre una disputa de 60 añosCréditos: Foto de Juan Luis Ozaez en Unsplash
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La relación entre Washington y La Habana atraviesa uno de sus momentos de mayor tensión en años. En medio de una estrategia estadounidense de presión política, económica y diplomática contra el gobierno cubano, la Suprema Corte de Estados Unidos emitió un fallo que podría tener implicaciones millonarias para empresas vinculadas con bienes nacionalizados en la isla después de la Revolución de 1959.

La resolución, emitida el 21 de mayo de 2026 en el caso Havana Docks Corp. v. Royal Caribbean, fortalece la capacidad de antiguos propietarios certificados por Estados Unidos para reclamar compensaciones por activos confiscados por el gobierno cubano hace más de seis décadas.

Aunque la decisión se centra en instalaciones portuarias de La Habana, especialistas consideran que podría convertirse en un precedente para futuras reclamaciones relacionadas con hoteles, terrenos, puertos y otras propiedades nacionalizadas tras la llegada al poder de Fidel Castro.

El caso de los muelles de La Habana

El litigio gira en torno a Havana Docks Corporation, una empresa que administraba una concesión para operar varios muelles en el Puerto de La Habana antes de que fueran nacionalizados por el gobierno revolucionario en 1960.

Décadas después, la compañía demandó a varias de las principales líneas de cruceros del mundo —entre ellas Carnival, Royal Caribbean, Norwegian Cruise Line y MSC Cruises— por utilizar esas instalaciones durante las operaciones de cruceros entre Cuba y Estados Unidos realizadas entre 2016 y 2019.

La empresa argumentó que las compañías obtuvieron beneficios económicos mediante el uso de una propiedad que, según la legislación estadounidense, fue confiscada de manera indebida.

Uno de los aspectos más controvertidos del caso es que la concesión original tenía una fecha de expiración prevista para 2004. Sin embargo, la mayoría de los magistrados concluyó que la confiscación del activo no elimina la posibilidad de reclamar daños por su uso posterior.

Como resultado, las empresas involucradas enfrentan condenas y reclamaciones que superan los 100 millones de dólares cada una.

La Ley Helms-Burton vuelve al centro del debate

La decisión judicial se apoya en el Título III de la Ley Helms-Burton, una legislación estadounidense aprobada en 1996 que permite a ciudadanos y empresas estadounidenses presentar demandas por el llamado "tráfico" de propiedades confiscadas por el gobierno cubano.

Durante más de dos décadas, distintas administraciones estadounidenses suspendieron la aplicación de esta disposición para evitar conflictos diplomáticos con aliados cuyos ciudadanos y empresas mantenían inversiones en Cuba.

Sin embargo, en 2019, durante el primer mandato de Donald Trump, la suspensión fue levantada, permitiendo que las demandas comenzaran a avanzar en los tribunales.

Actualmente existen cerca de 6,000 reclamaciones certificadas por la Comisión de Liquidación de Reclamaciones Extranjeras de Estados Unidos (FCSC), muchas de ellas relacionadas con propiedades nacionalizadas tras la revolución.

La disidencia dentro de la Corte

La decisión no fue unánime.

La jueza Elena Kagan advirtió que la interpretación adoptada por la mayoría podría convertir derechos temporales en reclamaciones permanentes. Según su argumento, si la concesión portuaria expiraba en 2004, la empresa no debería poder reclamar por actividades realizadas años después.

Por su parte, la jueza Sonia Sotomayor expresó preocupación sobre la posibilidad de que una misma propiedad genere reclamaciones repetidas contra múltiples usuarios a lo largo del tiempo.

Estas objeciones reflejan un debate jurídico más amplio sobre los límites temporales de las compensaciones y el alcance de la legislación estadounidense sobre activos ubicados fuera de su territorio.

Contexto: un fallo en medio de una escalada de presión sobre Cuba

La resolución de la Suprema Corte se produjo en un contexto particularmente sensible para las relaciones entre Washington y La Habana.

Horas antes del fallo, el Departamento de Justicia de Estados Unidos anunció cargos contra el expresidente cubano Raúl Castro relacionados con el derribo de dos avionetas de la organización Hermanos al Rescate ocurrido en 1996.

Paralelamente, Estados Unidos incrementó su presencia militar en el Caribe mediante el despliegue del Grupo de Ataque de Portaaviones 11, encabezado por el USS Nimitz, mientras mantiene una política de presión económica sobre el gobierno de Miguel Díaz-Canel.

Washington también ha intensificado sus críticas contra GAESA, el conglomerado empresarial vinculado a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Cuba, al que funcionarios estadounidenses señalan por controlar sectores estratégicos de la economía de la isla.

La coincidencia temporal entre estas acciones ha llevado a algunos analistas a interpretar el fallo como parte de un contexto más amplio de presión multidimensional sobre el gobierno cubano. Sin embargo, las autoridades estadounidenses sostienen que se trata de la aplicación de mecanismos legales previstos en su legislación para proteger derechos de propiedad reconocidos por su sistema jurídico.

¿Puede EU reclamar bienes ubicados en Cuba?

Más allá de las implicaciones económicas, el fallo reabre una discusión que lleva décadas dividiendo a juristas, gobiernos y especialistas en derecho internacional.

Para Estados Unidos, las reclamaciones se sustentan en derechos de propiedad reconocidos por sus tribunales y en certificaciones oficiales emitidas a favor de personas y empresas afectadas por las nacionalizaciones de la década de 1960.

Sin embargo, Cuba y diversos gobiernos han cuestionado históricamente el alcance extraterritorial de la Ley Helms-Burton, argumentando que permite a tribunales estadounidenses intervenir en disputas relacionadas con activos ubicados en otro país y derivados de decisiones soberanas adoptadas por un Estado extranjero.

El debate trasciende el caso de unos muelles en La Habana. La cuestión de fondo es si una potencia económica puede utilizar su sistema judicial para exigir compensaciones por bienes localizados fuera de su territorio y administrados por otro Estado durante más de medio siglo.

Para sus defensores, la medida busca reparar confiscaciones que consideran ilegítimas. Para sus críticos, plantea interrogantes sobre soberanía, jurisdicción y el alcance real de la influencia estadounidense en el sistema económico internacional.

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Lo que está en juego

El fallo no significa que Estados Unidos vaya a tomar control directo de puertos, hoteles o infraestructura cubana. Tampoco implica la confiscación automática de activos en la isla.

Lo que sí hace es fortalecer la posición legal de antiguos propietarios y abrir nuevas vías para reclamar indemnizaciones contra empresas que hagan negocios con bienes sujetos a disputas históricas.

En un momento de renovada confrontación entre Washington y La Habana, la decisión judicial añade un nuevo frente a una relación marcada por sanciones, tensiones diplomáticas y desacuerdos sobre el futuro político y económico de Cuba.

La pregunta que deja abierta el caso no es únicamente quién era dueño de los muelles hace más de seis décadas, sino hasta dónde puede llegar la jurisdicción de un país para reclamar compensaciones sobre activos ubicados más allá de sus fronteras.

VGB