Este lunes, el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) registró en el Congreso, de manera independiente y sin las firmas de sus socios de investidura (Sumar, Junts, ERC, EH Bildu, PNV y BNG), la proposición de ley de amnistía. Esta iniciativa busca anular la "responsabilidad penal, administrativa y contable" de las personas vinculadas con el proceso soberanista en Cataluña durante una década, desde el 1 de enero de 2012 al 13 de noviembre de 2023.
La proposición de ley fue enviada a los partidos interesados para su revisión. Antes de esto, la presidenta del Congreso, Francina Armengol, tras consultar con el candidato a la investidura como presidente, Pedro Sánchez, anunció la convocatoria del pleno para los próximos miércoles y jueves, 15 y 16 de noviembre.
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Claves para entender la ley de amnistía
La proposición de ley orgánica de "amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña" borra los delitos relacionados con el "procés" cometidos durante una década, exonera de forma expresa al expresident Carles Puigdemont y el resto de fugados y da un plazo de dos meses a los jueces para que la apliquen.
La ley tiene dieciséis artículos y veintidós páginas, de las que la mitad están dedicadas a la exposición de motivos. En ella se subraya la necesidad y la constitucionalidad de la ley, se afirma que no afecta a la separación de poderes y se recalca que se respeta el principio de igualdad y de proporcionalidad.
La ley implica anular la "responsabilidad penal, administrativa y contable" de todas aquellas personas vinculadas con la preparación, ejecución y consecuencias del proceso soberanista en Cataluña durante una década, entre el 1 de enero de 2012 y el 13 de noviembre de 2023.
Además de los dirigentes políticos independentistas, quedan cubiertos directores de colegios en los que se colocaron urnas del 1-O, alcaldes, manifestantes y agentes policiales que actuaron durante el referéndum del 1 de octubre de 2017.
La norma excluye el perdón para los delitos de terrorismo cuando exista una condena firme y hayan consistido en alguna de las conductas previstas en las directivas europeas, que abarcan desde atentados mortales a la fabricación de explosivos, así como los de torturas graves.
Queda ahora mismo en el aire una posible amnistía para dos de las causas abiertas al independentismo por terrorismo en las que aún no hay sentencia: la de las protestas de Tsunami Democràtic, en la que la Audiencia Nacional investiga a Puigdemont, y la secretaria general de ERC Marta Rovira, así como la de los CDR encausados por planificar actos de sabotaje en repuesta a la sentencia del procés.
Quedan excluidos también los actos dolosos que hayan provocado una muerte, la pérdida de un miembro, un órgano o un sentido, o impotencia, esterilidad o una grave deformidad.
Aunque no se menciona su nombre, sí se hace referencia directa a él al señalar que "quedarán sin efecto las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión", así como "las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención", que afectan también a los exconsellers Antoni Comín y Lluís Puig y a la secretaria general de ERC, Marta Rovira.
La norma cubre de forma expresa las actuaciones policiales dirigidas a dificultar o impedir el procés.
En la exposición de motivos se asegura que amnistiar las acciones delictivas que pudieran haberse cometido en defensa de la legalidad y del orden constitucional "no supone demérito o reproche alguno para los colectivos concernidos" ni implica criminalizar a los funcionarios que intervinieron en defensa del orden público, sino que persigue aliviar su situación procesal.
En la proposición se asume que la aplicación de la legalidad es "necesaria", pero "en ocasiones no es suficiente para resolver un conflicto político sostenido en el tiempo", por lo que aboga por adaptar el Derecho al contexto político.
Se justifica la amnistía "por la convivencia democrática", "en aras del interés general" y "para la superación de un conflicto político".
En la norma, también se señala, aspira a "generar un contexto social, político e institucional que fomente la estabilidad económica y el progreso cultural y social tanto de Cataluña como del conjunto de España".
El texto destaca que "la Constitución no prohíbe la institución jurídica de la amnistía", porque así lo quiso el constituyente de 1978 cuando abordó la amnistía de 1977, aunque sí prohibió expresamente los indultos generales. Sostiene que es "un mecanismo constitucional" en el que se garantiza que "todos los caminos deben transitar dentro del ordenamiento jurídico nacional e internacional".
Plazos para la aplicación de la ley de amnistía
Una vez entrada en vigor, los tribunales y los órganos administrativos y contables implicados, con casos vinculados al procés, deberán aplicar la ley con carácter "preferente y urgente" en un plazo máximo de dos meses.
No obstante, pese a que la norma da dos meses a los tribunales para aplicar la amnistía desde su entrada en vigor, su aplicación directa e inmediata es complicada porque existen herramientas legales que pueden dejar en suspenso los efectos legales que se persiguen con la norma.
Sin alusiones al “lawfare”
La proposición, por otro lado, no incluye ninguna alusión al “lawfare” o persecución política desde los tribunales y tampoco menciona las comisiones de investigación en el Parlamento sobre sentencias judiciales.
El texto ignora esos dos aspectos incluidos en el acuerdo entre el PSOE y Junts de la semana pasada y que ha suscitado la crítica unánime de todo el ámbito judicial.
Sin embargo, sí prevé la reforma del Código Penal para incluir en su artículo 130 la amnistía como causa expresa de extinción de la responsabilidad penal junto al indulto.
En su exposición de motivos, el proyecto de ley de amnistía presentado hoy subraya que con la “decisión de política legislativa” que asumen las Cortes con este perdón “no solo no invaden otros espacios, sino que, muy al contrario y en uso de sus competencias, asumen la mejor vía de las posibles para abordar, desde la política, un conflicto político”.
Con información de EFE.