La reforma a la Ley de Movilidad que exigirá a conductores de bicimotos, scooters y otros vehículos eléctricos portar licencia de conducir, placas y demás documentación obligatoria se aprobará en el próximo periodo extraordinario del Congreso de la Ciudad de México, previsto para mediados de agosto.
En entrevista con La Silla Rota, el diputado Paulo García, vocero del grupo parlamentario mayoritario, confirmó que la iniciativa será aprobada sin falta durante la jornada legislativa extraordinaria prevista para los días 12, 15 y 18 de agosto.
“Ambos temas (vehículos eléctricos y franeleros) se aprueban en este extraordinario, sin falta”, aseguró.
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El dictamen, presentado por legisladores del PVEM, PAN y la jefa de Gobierno Clara Brugada, ya fue avalado por la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial.
¿Qué establece la reforma?
La iniciativa reforma diversos artículos de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México para clasificar y regular formalmente a vehículos como bicimotos, scooters eléctricos, patines motorizados y bicicletas eléctricas, que hoy operan sin regulación clara.
El cambio más relevante es que si estos vehículos superan los 25 kilómetros por hora serán considerados vehículos motorizados y, por lo tanto, deberán portar licencia de conducir y placas, además de quedar excluidos de ciclovías y banquetas.
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Estos vehículos serán considerados como Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPES) y se clasificarán en dos tipos:
- Tipo A: para aquellos VEMEPES que pesen menos de 35 kilos.
- Tipo B: para aquellos que tengan un peso entre 35 y 350 kilos.
SEMOVI decidirá licencias y placas
La reforma instruye a la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) a realizar un estudio técnico para determinar qué tipo de licencia aplicará a estos vehículos (puede ser tipo A, B o una nueva categoría), así como los requisitos para su emplacamiento.
Aunque las licencias podrían tardar en implementarse, una de las medidas que entraría en vigor de inmediato es la “prohibición de circular por ciclovías y banquetas” para todo vehículo eléctrico que supere los 25 km/h.
Es decir, los conductores de estas unidades deberán sujetarse a las normas generales para la circulación de vehículo, por lo que tendrán las mismas obligaciones que un automóvil o una motocicleta de combustión interna.
Otras iniciativas en el periodo extraordinario
Además de la reforma sobre los vehículos de micromovilidad, el diputado Paulo García señaló que en el periodo extraordinario se discutirán alrededor de 45 dictámenes más. Entre ellos, destacan:
- La regulación de los franeleros, con penas claras para quienes extorsionen a los automovilistas
- Iniciativas para otorgar días de descanso a estudiantes por menstruación sin afectar su historial escolar
- La prohibición de vapeadores
- La Ley Crucito, que busca agravar las penas por asesinatos entre familiares
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gph
