A pesar de que la Ciudad de México aprobó recientemente una ley para regular scooters y bicimotos que superan los 25 km/h, los usuarios todavía no pueden ser multados, advirtió Héctor Ulises García Nieto, secretario de Movilidad de la Ciudad de México.
La normativa entrará en vigor, confirmó en entrevista con La Silla Rota, hasta que se publique el Reglamento, se expidan placas y licencias y se definan las sanciones, por lo que la Semovi primero implementará una campaña de información y capacitación para orientar a los ciudadanos sobre los nuevos requisitos.
“Todavía no existe la expedición del Reglamento y mientras no esté en el Reglamento, no se puede hacer”, explicó García Nieto.
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“Se tiene que establecer el tipo de sanción, incluirla en el Código Financiero y definir cómo será acreditada por los agentes de tránsito. Se aprobó la ley, pero hay que hacer la parte reglamentaria. Todo eso está en construcción”, afirmó.
El proceso normativo tomará, reconoció, varios meses. Primero vendrá una campaña intensiva de información y sensibilización ciudadana, luego la publicación del Reglamento y, finalmente, la entrada en vigor de las sanciones.
Aunque no se comprometió con una fecha específica, el secretario adelantó que el calendario tentativo y la campaña de información podrían anunciarse “la próxima semana”, una vez que se afine con la Jefatura de Gobierno y su equipo de comunicación.
¿Qué vehículos serán regulados?
El nuevo marco legal distingue entre bicicletas y scooters eléctricos que sí cumplen con la velocidad máxima permitida (25 km/h) y aquellos que, por potencia, kilovataje y dimensiones, deben ser considerados vehículos motorizados eléctricos de uso personal. Para estos últimos, se establecerá la obligatoriedad de portar placa, tarjeta de circulación, casco y licencia.
La Semovi ya trabaja con fabricantes y distribuidores de estos vehículos para obtener datos técnicos clave como peso, potencia y velocidad. “Con esta información, determinaremos si un vehículo debe ser registrado o puede circular libremente”, explicó el titular de la dependencia.
¿Qué pasará con los vehículos que ya están en circulación?
Los usuarios que ya poseen una bicicleta eléctrica o scooter más potente de lo permitido deberán ajustarse a la nueva regulación.
“Tendrán que registrar su vehículo y obtener la tarjeta de circulación correspondiente”, advirtió el funcionario.
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La Semovi ha identificado más de 120 modelos distintos de estos vehículos circulando actualmente en la ciudad y está realizando un análisis técnico para clasificar cada uno.
¿Dónde podrán circular?
Una vez vigente la regulación, los vehículos que excedan los 25 km/h no podrán circular por ciclovías ni banquetas, espacios reservados para peatones y vehículos no motorizados. “Ni siquiera las bicicletas deben circular por banquetas si están siendo conducidas”, aclaró García Nieto.
“Lo que vemos hoy es un problema de convivencia que puede escalar en accidentes graves, sobre todo por la potencia que tienen algunos de estos dispositivos”.
Finalmente, el titular de la Semovi aclaro que esta ley no es un intento de frenar el uso de la micromovilidad para los ciudadanos, “al contrario”, afirmó y reiteró que estos vehículos son fundamentales para los llamados “últimos tramos” del transporte urbano y que su uso será promovido, pero con condiciones claras de seguridad.
“Vamos a ofrecer capacitación en nuestras escuelas de movilidad para que los ciudadanos sepan cómo deben usar y registrar sus vehículos”.
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