El pago de la tenencia vehicular es un tema de importancia para los propietarios de vehículos en la Ciudad de México, ya que constituye un impuesto obligatorio que debe ser cubierto anualmente. Este impuesto se destina al mantenimiento y mejoramiento de la infraestructura vial y de transporte público en la capital mexicana, así como a otros proyectos de inversión pública.
Para realizar el pago de la tenencia vehicular en la Ciudad de México, los propietarios de vehículos deben estar al tanto de los plazos y procedimientos establecidos por la Secretaría de Finanzas. Generalmente, el periodo de pago inicia a principios de año y se extiende hasta los primeros meses siguientes, aunque es importante verificar las fechas específicas cada año, así como los medios de pago disponibles.
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Sin embargo, una duda muy recurrente entre las personas automovilistas de la CDMX que deben de pagar este impuesto es sobre el por qué su pago no se reflejado rápidamente en el sistema de la Secretaría de Administración y Finanzas Públicas. Si quieres saber el por que de este motivo y que hacer en caso de que tu pago no se refleje en el sistema a continuación te compartimos toda la información al respecto.
Esto dice la Secretaría de Finanzas sobre el pago de la tenencia en la Ciudad de México
Con respecto a cualquier tipo de aclaraciones respecto al pago de la tenencia vehicular, la Secretaria de Administración y Finanzas Públicas ha informado que lo mejor es que las y los contribuyentes acudan a cualquier Administración Tributaria mejor conocidas como tesorería.
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Si ya realizaste tu pago correspondiente de la tenencia vehicular en cualquier institución bancaria, tiendas de autoservicio o departamentales autorizadas para este procedimiento y después de un día tu pago aún no se refleja en la cuenta de la tesorería deberás saber que todos y cada uno de los pagos realizados a través de la línea de Captura, podrán verse reflejados hasta después de 48 horas.
En caso de no localizarse en los sistemas de la Tesorería aquellos pagos realizado en Instituciones Bancarias mediante Línea de Captura; se deberá presentar escrito aclaratorio en la Institución Bancaria correspondiente, así como en la CONDUSEF.
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