ELECCIONES CDMX 2024

Elecciones CDMX 2024: Tiran publicaciones contra Clara Brugada, Santiago Taboada y "Cártel Inmobiliario"

El Instituto Electoral de la Ciudad de México señaló que inició procedimientos sancionadores por vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda por la jefatura de Gobierno

Créditos: Alejandra Canchola
Escrito en METRÓPOLI el

La Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), resolvió que se retiren publicaciones hechas en redes sociales, en las que se realizan ataques contra los candidatos a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México en las elecciones del próximo 2 de junio, Clara Brugada y Santiago Taboada. De este último, por publicaciones en las que se hace mención del llamado "cartel inmobiliario".

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En su Vigésima Quinta Sesión Urgente, el IECM resolvió, en total, 23 asuntos relacionados con el actual proceso electoral en esta Ciudad de México, detalló la dependencia capitalina a través de un comunicado. Entre ellos, aprobó por mayoría de votos el inicio de diversos procedimientos sancionadores respecto de los hechos denunciados en las quejas IECM-QNA/346/2024, IECM-QNA/618/2024 y su acumulado IECM-QNA/731/2024.

Los procedimientos fueron iniciados por vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral; así como la aprobación de medidas cautelares ante expresiones que podrían constituir calumnia y campañas negativas, van en contra de Luis Alberto Mendoza Acevedo, Diputado Federal por el PAN, así como en contra de diversas personas servidoras públicas del partido Morena.

Contra el legislador, se determinó propaganda negativa, así como vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda por la publicación en el perfil de usuario @LuisMendozaBJ en la red social “X”, de un mensaje que vincula a la candidata a la alcaldía Benito Juárez, Leticia Varela, y a Clara Brugada, con presuntos actos delictivos. "En este sentido, la medida cautelar consiste en ordenar el retiro de la publicación denunciada", señala el IECM.

El árbitro electoral capitalino también determinó, por una parte, desechar la queja respecto de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos. Aunque sí aprobó el inicio del procedimiento por la probable vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como calumnia y propaganda negativa por diversas publicaciones en redes sociales realizadas por servidores públicos y otras personas, de las que se desprenden expresiones con contenido presuntamente calumnioso y negativo como “ Cártel inmobiliario”, “Cartel de la Corrupción” así como expresiones sobre la posible constitución de las conductas delictivas, tales como “Santiago Tajada” y “Santiago Tajada candidato de las mafias”. 

"Con esta determinación la Comisión dictó la procedencia de la medida cautelar solicitada y ordenó el retiro de algunas publicaciones realizadas en redes sociales, así como ordenar a los probables responsables se abstengan de realizar publicaciones en cualquier red social o medio de comunicación en donde se viertan manifestaciones de carácter calumnioso sin sustento jurídico en contra de Santiago Taboada Cortina", se lee en el comunicado.

El IECM determinó desechar la denuncia respecto de las conductas vinculadas con la candidata morenista por la capital, al considerar que las publicaciones relacionadas con expresiones relativas al primer debate entre las candidaturas a la Jefatura de Gobierno, "se encuentran amparadas a la luz de la libertad de expresión e información".

En temas sobre Violencia política contra las mujeres en razón de género, la Comisión abordó cuatro quejas (puntos tercero, cuarto y quinto del orden del día) en las que se denuncia violencia política en contra de las mujeres por razones de género (VPMRG). Al respecto, se determinó por mayoría el inicio de procedimientos en los expedientes IECM-QNA/854/2024 y IECM-QNA/855/2024, mientras que se reservó el inicio del expediente IECM-QNA/841/2024. En estos casos se aprobaron medidas cautelares y en un caso se dictó también una medida de protección para salvaguardar la integridad de una candidata. Por último, se aprobó la solicitud de ratificación de la queja identificada como IECM-QNA/859/2024.

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