EMPRESARIO ÍÑIGO ARENAS

Paso a paso de cómo murió Íñigo Arenas; Fiscalía ve homicidio en bar Black Royce

Seis individuos, cuatro mujeres y dos hombres fueron detenidos por su probable participación en los hechos relacionados con la muerte del empresario de 41 años de edad el pasado domingo 6 de agosto

Créditos: LaSillaRota
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La Fiscalía General de Justicia del Estado de México informó que el empresario Íñigo Arenas Saiz falleció por asfixia mecánica por sofocación inducida, al interior del establecimiento “Black Royce” ubicado en el municipio de Naucalpan de Juárez. De acuerdo con la Fiscalía mexiquense y producto de las entrevistas en la sede ministerial, se estableció que a la víctima, al ingresar al inmueble, la situaron en un área de la planta baja, en donde estuvo acompañada por cuatro femeninas, empleadas del lugar, identificadas como Aritzi Abril “N”, Ana Karen “N”, Cecilia “N” y Ana Karen “N N”, quienes ordenaron diversas bebidas y aparentemente le suministraron sustancias a la víctima, cuya composición fue motivo de peritaje y forma parte de la teoría del caso.

Además, confirmó la captura de los seis individuos, las cuatro mujeres y dos hombres, investigados por su probable participación en los hechos relacionados con la muerte del empresario de 41 años de edad el pasado domingo 6 de agosto.

De acuerdo con el comunicado de la Fiscalía, tras obtener el resultado del Protocolo de Necropsia se concluyó que la causa de la muerte del empresario “fue asfixia mecánica por sofocación inducida en su modalidad de oclusión de vías respiratorias por contenido gástrico con presencia de alcohol y de sustancias químicas de naturaleza controlada, que limitaron su conciencia, funciones motoras y que en grado de probabilidad habría propiciado su deceso”.

Al realizar un cateo al bar “Black Royce”, los elementos de investigación encontraron pastillas y sobres con contenido de cocaína, así como recipientes para aplicación de gotas, cuyo contenido está siendo objeto de análisis químico, y equipo de grabación y documentos relacionados con la operación del lugar en el cual podrían haberse desarrollado diversas actividades ilícitas.

Cómo sucedieron, presuntamente, los hechos donde murió Íñigo Saiz

la víctima, al ingresar al inmueble, la situaron en un área de la planta baja, en donde estuvo acompañada por cuatro femeninas, empleadas del lugar, identificadas como Aritzi Abril “N”, Ana Karen “N”, Cecilia “N” y Ana Karen “N N”, quienes ordenaron diversas bebidas y aparentemente le suministraron sustancias a la víctima, cuya composición fue motivo de peritaje y forma parte de la teoría del caso de la Fiscalía.

Posteriormente, a las 04:59 horas estas mismas mujeres, junto con Eduardo “N”, capitán de meseros del lugar y¿ otra persona aún por identificar, lo habrían persuadido de subir a un área identificada como “VIP” en la planta alta, accediendo la víctima; por ello al llegar a este sitio acompañado por dos masculinos y cuatro femeninas, le expendieron cuatro botellas de bebidas, con un valor de 10 mil pesos cada una; por lo que, a las 05:07 horas, la cajera del lugar ingresó a esa área para realizar el cobro de 40 mil pesos con cargo a una tarjeta bancaria de la víctima.

Continuando las entrevistas recabadas, se estableció que luego del cobro, la víctima permaneció con las cuatro femeninas en dicha área y una vez transcurridos aproximadamente 40 minutos, una de las femeninas dijo al encargado de seguridad, identificado como Carlos Daniel “N”, que la víctima “se siente mal y se puso morado”, por lo que, al notificar esta circunstancia, personal del establecimiento “le practica RCP”. 

De acuerdo con los testigos, en el lugar de los hechos se refirió “nuevamente el cliente se puso mal”, por lo que ante esta situación llamaron a los servicios de emergencia y lo trasladaron a otra área del local junto a la salida de emergencia, lugar donde se realizó el levantamiento del cuerpo.

 

 

Tras recabar diversas pruebas se estableció que la muerte de Íñigo Arenas fue resultado de un probable hecho delictivo, con la probable intervención de seis individuos en el ilícito de homicidio, por lo que se procedió a solicitar órdenes de aprehensión contra Aritzi Abril “N”, Ana Karen “N”, Cecilia “N”, Ana Karen “N”, Eduardo “N” y Carlos Daniel “N”, mismas que ya fueron cumplimentadas.

Estas seis personas serán puestas a disposición del Juez de Control, al interior del Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Tlalnepantla, para que resuelva su situación jurídica. A los detenidos se les considera inocentes hasta que exista una sentencia condenatoria en su contra.

El teléfono del empresario

Mientras que en el área se hicieron análisis técnicos diversos, entre ellos lo relacionado con el teléfono de Iñigo Arenas logrando mapeos técnicos de la movilidad del aparato, destacando que el mismo fue apagado a las 00:05:09 horas del domingo 6 de agosto en la alcaldía Miguel Hidalgo en la Ciudad de México y fue encendido a las 06:41:25 horas del mismo día en el área de Santa Martha Acatitla en la misma entidad, lugar donde se registra la última actividad del equipo siendo las 11:37:22 horas. 

Sin embargo, los Agentes de la Policía de Investigación continúan con el análisis de los detallados, tanto de la línea como del dispositivo móvil para establecer su actual ubicación.

La necropsia

En lo referente a la necropsia se concluyó que la causa de la muerte del empresario fue asfixia mecánica por sofocación inducida, en su modalidad de oclusión de vías respiratorias, por contenido gástrico con presencia de alcohol y de sustancias químicas de naturaleza controlada, que limitaron su conciencia, funciones motoras y que en grado de probabilidad habría propiciado su deceso.

Por lo anterior se solicitó la liberación de las órdenes de cateo  la autoridad investigadora por un Juez de Control en Línea del Poder Judicial del Estado de México, lo que permitió obtuvieron nuevos indicios, tales como la localización de pastillas y sobres con contenido de diversa índole que dieron resultado presuntivo a clorhidrato de cocaína (Nark Id Cocaine); recipientes para aplicación de gotas, cuyo contenido está siendo objeto de análisis químico;  así como equipo de grabación y diversos documentos relacionados con la operación del lugar y del evento investigado.

Como consecuencia de ello, el lugar fue asegurado, toda vez que dichos indicios hacen presumir que en ese inmueble se cometen actividades ilícitas diversas y también a efecto de preservar el lugar de los hechos para continuar con la investigación.

Luego de la valoración de las pruebas e indicios, hechos y demás agravantes, el Agente del Ministerio Público concluyó que en el sitio denominado Black Royce se cometió un hecho con apariencia de delito, donde intervendrían seis personas en el ilícito de homicidio en agravio de quien en vida respondiera al nombre de Iñigo “N” de  41 años de edad solicitando a un Juez de Control en Línea la liberación de las respectivas órdenes de aprehensión en contra de Aritzi Abril “N”, Ana Karen “N”, Cecilia “N”, Ana Karen “N N”, Eduardo “N” y Carlos Daniel “N”.

Ambas personas, después de las 17:00 horas fueron trasladadas de Toluca al penal de Barrientos en Tlalnepantla para que sean puestas a disposición del Juez de Control, para que se resuelva la situación jurídica de los implicados en términos de ley.

VGB