Si ya estás en planes de boda y vives en la Ciudad de México, ya te puedes casar en tu propia casa sin tener que acudir a las oficinas del Registro Civil. Aquí te mencionamos los requisitos que necesitas para poder iniciar los trámites y dar formalidad la unión con tu pareja.
En este sentido, lo primero que debes hacer, además de pedir matrimonio a tu pareja, es ir al juzgado más cercano a tu lugar de residencia para solicitar una cita, entregar los documentos y entonces, agendar la fecha de boda en tu domicilio.
¿Qué necesito para casarme en mi casa?
- Uno de los dos novios debe vivir en la Ciudad de México
- Deberás llenar tu solicitud
- Identificación oficial vigente de ambas personas
- Copia certificada del acta de nacimiento de las dos personas interesadas en contraer matrimonio
- Comprobante de domicilio, el cual de constancia de residencia en la Ciudad de México (CDMX). No deberá ser mayor a 90 días
- Constancia de curso prenupcial impartido por un juez cívico del Registro Civil que corresponda
- Constancia de no adeudo alimentario para ambas personas
¿Qué costo tiene casarte en tu domicilio?
De acuerdo con autoridades capitalinas, el costo por casarte en tu domicilio tiene un costo 2 mil 745 pesos, sin embargo, para casarte en la oficina del Registro Civil en la Ciudad de México deberás pagar mil 367 pesos.
Te podría interesar
Asimismo, el Registro Civil brinda servicio en los 49 juzgados de la capital en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
Acta de concubinato en la CDMX
No obstante, si lo tuyo no es el matrimonio, sin embargo, requieres de un documento que avale que vives con tu pareja, entonces el acta de concubinato es lo que requieres. Desde 2014, aquellas parejas que viven en la Ciudad de México pueden tramitar una constancia de concubinato. El documento les brinda certeza jurídica, así como el ejercicio de derechos sucesorios o de pensión alimenticia.
Asimismo, el concubinato es una unión voluntaria entre dos personas del mismo o diferente sexo, quienes han vivido juntos de forma constante y permanente por al menos dos años. Pasado ese lapso, ambos generan derechos y obligaciones o si es el caso de que hubiesen procreado un hijo en común.
A diferencia del matrimonio, en el concubinato se necesita acreditar un tiempo de vida juntos o haber procreado un hijo en común. En tanto, en el matrimonio, los cónyuges deciden constituirse bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal o bien, por separación de bienes y en el concubinato no se elige, los bienes son de cada concubinario
¿Qué se necesita para la constancia de concubinato?
Estos son los requisitos para conseguir este documento:
- Los interesados deben acudir con dos testigos que no sean familiares, además, deben presentar sus respectivas identificaciones
- Identificación oficial de los interesaos
- Constancia domiciliaria con al menos dos años de de residencia
- Constancia de inexistencia de matrimonio expedida por el Registro Civil
- Actas de nacimiento d ellos hijos en caso de haber
BV