PACHUCA.- Debido a que la agente del Ministerio Público no respetó el principio de oralidad, la jueza Fabiola Viridiana Ramos Castillo, titular del Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal en el Estado de Veracruz, con sede en Villa Aldama, otorgó una amparo a Martiniano VO, exoficial mayor del gobierno de Hidalgo.
La jueza de distrito le otorgó un amparo en contra de la vinculación a proceso emitida por un juez de Control dentro de la causa penal 537/2023 el pasado 23 de agosto de 2023.
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En la resolución se señala que de acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Constitución, no se podrán incorporar o invocar como medios de prueba ni dar lectura durante el debate a los registros y demás documentos que den cuenta de actuaciones realizadas por la Policía o el Ministerio Público en la investigación, con excepción de los supuestos expresamente previstos en el Código.
Asimismo, no se podrán incorporar como medio de prueba o dar lectura a actas o documentos que den cuenta de actuaciones declaradas nulas o en cuya obtención se hayan vulnerado derechos fundamentales, hechos que no ocurrieron, toda vez que el agente del Ministerio Público leyó la formulación de imputación y los datos de prueba que obran para respaldar la solicitud de vinculación a proceso.
De ahí que la jueza federal ordenó al juzgado local que reponga el procedimiento a partir de la audiencia inicial y de vinculación celebrada el 23 de agosto de 2023, en la causa penal 537/2023.
Cabe recordar que Martiniano VO, fue vinculado a proceso en el Juzgado Penal de Control adscrito al Primer Circuito Judicial de Pachuca, Hidalgo, por hechos que la ley señala como delito de peculado agravado, cometido en agravio de la administración pública.
La oralidad en el nuevo sistema penal no admite que el órgano técnico dé lectura a la imputación, pues este consiste en un ejercicio discursivo de viva voz a través del cual el Ministerio Público expone a la persona juzgadora su versión de los hechos o teoría del caso, relacionándola con los datos de prueba conducentes a establecer la comisión de un hecho señalado por la ley como delito y la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su realización.
De ahí que las partes deben abstenerse de leer documentos completos o apuntes de sus actuaciones en dispositivos electrónicos o papeles, que finalmente demuestren la falta de argumentación y desconocimiento del asunto, debiendo tomar en cuenta que sólo podrán leer en breve y a manera de apoyo, algunos registros de la investigación o preceptos legales, así como para demostrar o superar contradicciones.
La jueza federal también ordenó que los juicios deben celebrarse ante un juez que no haya conocido el caso previamente, es decir, no podrá ser el mismo, sino ante uno diverso.
La imputación
Martiniano VO, fue vinculado por peculado en agravio de la administración pública por una suma aproximada de 12 millones de pesos.
El juez Luis Raúl González Becerra fue quien lo vinculó a proceso a Martiniano VO por hecho relacionados con un programa informático que nunca fue entregado y que serviría a la Contraloría estatal para darle seguimiento a las obras públicas.
cem