MINERAL DE LA REFORMA.- Un grupo de jugadores decidió dejar el futbol de lado en un reciente partido que era sostenido en el fraccionamiento La Providencia en el municipio de Mineral de la Reforma, pues ocurrió una riña en la que el árbitro fue el agredido de manera brutal y lo que quedó en video.
Las imágenes compartidas a través de una página de Facebook dedicada a temas deportivos locales narraron que los jugadores del equipo Selectivo MR sostenían un partido de semifinales correspondiente a la Liga categoría 2006, lo que hacían contra Gladiadores Arellano sin eventualidades aparentes.
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La cancha elegida para el compromiso que iba a dar un ganador que avanzara en las siguientes etapas fue la localizada en centro de alto rendimiento Centenario en La Provincia, donde el empastado cuenta con la calidad necesaria para un enfrentamiento profesional, pero que rápidamente se dejó de lado.
Pues por razones hasta el momento desconocidas los integrantes de Selectivo MR comenzaron a agredir al árbitro, primero con palabras altisonantes, pero la situación escaló hasta que en un momento dado se lanzaron golpes y así se dio la riña que fue vista por el equipo contrario y los espectadores.
Pese a que el llamado silbante trató de defenderse de las brutales patadas y manotazos que le eran lanzados, fue superado en número al ser 6 sus rivales contra él solo, ante lo que no le quedó de otra más que retroceder para tratar de no sufrir muchas heridas de consideración por la riña en la que participaba.
En el video compartido, se apreció que un hombre con camisa color café intercedió para que los futbolistas dejaran de atacar a quien iba a regular las jugadas del partido, pero no tuvo mucha suerte e incluso recibió algunos de los golpes al quedar en medio de la violenta pelea que se dispersó minutos después.
Así se castigan las lesiones dolosas
Por su parte, el código penal del estado de Hidalgo añadió que el delito de lesiones dolosas se castiga según el tiempo en que tarde en sanar la víctima y si las heridas pusieron en peligro su vida o no, por lo que las penas van desde solo una multa económica tasada en días de salario hasta 10 años de prisión.
Sin embargo, el artículo 143 asentó que, si las afectaciones a alguien fueron causadas durante una riña, al provocado se le impondrá la tercera parte de la punibilidad que corresponda conforme a lo previsto en los numerales correspondientes; mientras que para el provocador del conflicto será la mitad.
cem