PACHUCA.- Diputados locales buscan incrementar las penas por el delito de pornografía infantil en Hidalgo hasta con 12 años de cárcel y multas por 192 mil 440 pesos, a través de una reforma que busca juzgar ese ilícito por separado.
Actualmente, se juzga con base en el título décimo “Delitos contra la moral” del código penal estatal, pues en el artículo 267 se engloban diversas conductas de corrupción de un menor de 18 años, o de uno que posee una discapacidad, mediante actos sexuales o que se induzca a la mendicidad, ebriedad, toxicomanía, pornografía o algún otro estado impropio.
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Además, esas conductas se sancionan de tres a siete años de prisión y con multas de 20 a 100 unidades de medida de actualización (UMA), es decir, de mil 924 pesos a 9 mil 222.
Ante tal panorama, diputados de Morena, PT y Nueva Alianza presentaron una iniciativa para que el delito de pornografía infantil pueda ser juzgado por separado, creando así el capítulo tres “Delitos en pornografía infantil” para establecer especificaciones del ilícito y mayores sanciones.
De esa forma, en la propuesta planteada, se establece que el delito de pornografía infantil se comente contra personas menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o quienes no tienen capacidad para resistirlo.
{"quote":"Quien procure, promueva, obligue, facilite, gestione o induzca, por cualquier medio a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de video grabarlos, audio grabarlos, fotografiarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos, con o sin ánimo de lucro.”"}
LAS SANCIONES Y ESPECIFICACIONES
Al autor de ese delito se le impondrá pena de siete a 12 años de prisión y de ochocientos a 2 mil UMA’s (de 76 mil 976 a 192 mil 440 pesos), así como al decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito, incluyendo la destrucción.
De acuerdo con el diputado José Antonio Hernández Vera, lector de la propuesta, esa misma pena se impondría a quien fije, imprima, audiograbe, videograbe, fotografíe, filme o describa actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participen una o varias personas menores de edad o quienes no tienen capacidad para resistirlo.
La misma pena se impondrá a quien financie, elabore, reproduzca, almacene, distribuya, venda, compre, rente, exponga, publicite, transmita, adquiera, intercambie, comparta, importe o exporte el material a que se refieren los párrafos anteriores.
Otra pena que se pretende incluir en el código penal de Hidalgo es de uno a cinco años de prisión y de 100 a 500 UMA’s de multa a quien almacene, compre o alquile el material pornográfico sin fines de comercialización o distribución.
En el artículo 274 Bis se establecen sanciones de uno a tres años de prisión y multas de 200 a 500 UMA’s a quien por cualquier medio venda, difunda o exhiba material pornográfico entre personas menores de edad.
Mientras, en el artículo 274 ter propuesto en la reforma se pretende sancionar de cuatro a ocho años de cárcel y multas de 100 a 400 UMA’s a quien induzca, procure, propicie u obligue que un menor de edad a realizar actos o exhibiciones eróticas, sexuales, públicas o privadas que puedan afectar el libre desarrollo de su personalidad.
Finalmente, en el artículo 274 quater se propone sancionar de tres a siete años de prisión y de 400 a mil UMA’s a quien utilice medios de telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos, contacte a una persona menor de 18 años o que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo para pedirle imágenes, audio o video de actividades sexuales explícitas, actos de connotación sexual.
{"quote":"La presente iniciativa tiene por objeto establecer en nuestro marco jurídico, instrumentos legales que hagan frente al delito de pornografía infantil, en tal sentido, es urgente modificar nuestro código penal para garantizar leyes y reformas para otorgar una mayor protección a los menores”, expresó Hernández Vera."}
cem