TULANCINGO.- Ni tres días pasaron desde que fuera inaugurada la Expo Feria Tulancingo de 2026, que ya registró su primera incidencia negativa, misma que fue una violenta riña callejera que protagonizaron dos mujeres entre los puestos donde se exhibe mercancía para que los visitantes compren.
Aunque hasta ahora se desconoce el motivo o circunstancias que provocaron el altercado, se aseveró que este fue sumamente brutal, pues ambas participantes se lanzaron desde golpes, pasando por empujones, patadas e incluso llegaron a usaron sus largos cabellos como una especie de arma.
Alrededor, había incluso familias enteras que habían acudido hasta las inmediaciones de la avenida 21 de Marzo de la ciudad, que es donde cada año se instala el jolgorio, en búsqueda de esparcimiento y diversión, pero se encontraron con la pelea que fue vista por niños, que gritaron por la escena.
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En ese sentido, una las mujeres que protagonizaron la riña callejera era ya una adulta, de entre 50 a 55 años de edad, mientras que la otra era más joven, en torno a los 40, aunque eso no importó a ninguna de ellas, pues estuvieron discutiendo por un par de minutos más en plena feria de Tulancingo.
Asistentes a la feria de Tulancingo disolvieron la riña
Mientras las dos mujeres descritas líneas arriba reñían de manera violenta, una tercera fémina se metió levemente al conflicto, pero solo fue para lanzar patadas a la participante joven, así como reclamos, pero eso no sirvió para parar el altercado que a propósito fue justo cerca de un juego mecánico.
Ante lo anterior, otros asistentes a la feria de Tulancingo tuvieron que intervenir para disolver la riña, misma que acabó sin incidencias mayores, solo un crisis nerviosas y heridas menores entre participantes, quienes se retiraron sin dar explicaciones sobre el motivo de discusión entre puestos.
En ese sentido, el código penal del estado de Hidalgo añadió que el delito de lesiones se castiga según el tiempo en que tarde en sanar la víctima y si las heridas pusieron en peligro su vida o no, por lo que las penas van desde solo una multa económica tasada en días de salario hasta 10 años de prisión.
Sin embargo, el artículo 143 asentó que, si las afectaciones a alguien fueron causadas durante una riña, al provocado se le impondrá la tercera parte de la punibilidad que corresponda conforme a lo previsto en los numerales correspondientes; mientras que para el provocador del conflicto será la mitad.
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