Jesús Murillo Karam dejó de estar sujeto a prisión preventiva justificada en uno de los procesos penales relacionados con el caso Ayotzinapa, luego de que un juez federal sustituyera esa medida por resguardo domiciliario a través del uso de brazalete electrónico y restricciones de desplazamiento.
La resolución fue emitida este jueves 23 de julio por Edmundo Manuel Perusquia Cabañas, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, después de una audiencia que comenzó desde el miércoles y tuvo distintos recesos.
De acuerdo con información de medios federales, entre las restricciones se encuentra la prohibición de abandonar la Ciudad de México, acercarse a las víctimas o reunirse con personas distintas a sus familiares. El proceso penal continuará y su responsabilidad todavía deberá resolverse ante los tribunales.
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La principal diferencia es que ya no estará bajo prisión preventiva justificada dentro de esta causa, aunque seguirá sometido a vigilancia y resguardo domiciliario por otro proceso. También dejará de requerir autorización judicial cada vez que necesite acudir a consultas de seguimiento médico.
Proceso lleva más de dos años sin concluir
Durante la audiencia, la defensa pidió revisar la medida cautelar con el argumento de que Murillo Karam ha permanecido privado de la libertad durante más de dos años sin recibir sentencia.
Los abogados tomaron como referencia criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según los cuales los jueces deben revisar la prisión preventiva cuando supera ese periodo y determinar si los retrasos son atribuibles a la persona imputada o a otras circunstancias del procedimiento.
Después de analizar el desarrollo del expediente, el juez consideró que la prolongación del proceso se relaciona con los recursos judiciales promovidos durante el caso y no con acciones de Murillo Karam para impedir que avanzara.
La defensa también expuso el estado de salud del exfuncionario y la necesidad de que reciba atención médica constante. Estos elementos fueron considerados para establecer las nuevas condiciones bajo las cuales enfrentará el procedimiento.
La diligencia comenzó el miércoles 22 de julio a las 13:00 horas y concluyó el jueves 23 a las 18:09. Participaron representantes de la Unidad Especial de Investigación y Litigación para el Caso Ayotzinapa, de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y del Centro de Derechos Humanos, Miguel Agustín Pro Juárez.
Continúa bajo prisión domiciliaria por otro expediente
Murillo Karam continúa sujeto a prisión domiciliaria por una segunda causa penal radicada ante un juez del Reclusorio Sur, relacionada con la presunta tortura de Felipe Rodríguez Salgado, conocido como “El Cepillo”.
En ese expediente es investigado por tortura, desaparición forzada y coalición de servidores públicos, por lo que la resolución emitida este jueves no implica que pueda abandonar el domicilio ni que recupere plenamente su libertad.
Dentro del proceso del Reclusorio Norte, la Fiscalía General de la República lo acusa por su probable participación en la construcción de la denominada “verdad histórica” sobre la desaparición de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa.
La acusación sostiene que esa versión habría involucrado alteraciones de evidencia, desvío de líneas de investigación y actos de tortura utilizados para respaldar una explicación oficial sobre lo ocurrido en septiembre de 2014.
Fue detenido en agosto de 2022
Murillo Karam fue detenido el 19 de agosto de 2022 afuera de su domicilio en Lomas de Chapultepec. Posteriormente ingresó al Reclusorio Norte y permaneció privado de la libertad mientras avanzaban los dos procesos abiertos en su contra.
El 13 de abril de 2024 salió del centro penitenciario para continuar ambos procedimientos bajo prisión domiciliaria, debido a su edad, sus condiciones médicas y las resoluciones emitidas por autoridades judiciales.
magr
