ACCIDENTES AUTOMOVILÍSTICOS

Aumentar penas a conductores borrachos que causen accidentes, plantea diputada

Los accidentes viales representan una crisis de salud pública y una de las principales causas de muerte entre niñas, niños, adolescentes y jóvenes

Los conductores ebrios que causen accidentes no podrán renovar su licencia por un periodo
Congreso de Hidalgo.Los conductores ebrios que causen accidentes no podrán renovar su licencia por un periodoCréditos: Especial
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PACHUCA.- Con el objetivo de endurecer las sanciones por homicidios y lesiones provocadas en hechos de tránsito, particularmente cuando los conductores manejen bajo los efectos del alcohol o drogas, excedan los límites de velocidad, invadan espacios destinados a peatones o ciclistas o utilicen dispositivos móviles mientras conducen, la diputada Yarabi González Martínez, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal.

Con el argumento de que los accidentes viales representan una crisis de salud pública y una de las principales causas de muerte entre niñas, niños, adolescentes y jóvenes, la legisladora propuso modificar los artículos 149 y 161 del Código Penal, con el fin de fortalecer las sanciones contra conductores que provoquen muertes o lesiones por conductas de riesgo y contra quienes abandonen a sus víctimas tras un atropellamiento.

Yarabi González sostuvo que los siniestros viales cobran un alto costo humano a nivel mundial. Citó que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), cada año mueren alrededor de 1.19 millones de personas por esta causa, mientras que las lesiones derivadas de accidentes de tránsito son la principal causa de muerte entre personas de cinco a 29 años de edad.

Asimismo, destacó que más de la mitad de las víctimas mortales son usuarios vulnerables de la vía, principalmente peatones, ciclistas y motociclistas.

En el continente americano, señaló, se registran aproximadamente 145 mil decesos anuales relacionadas con hechos de tránsito. México ocupa el segundo lugar de la región por número de fallecimientos, con 16 mil 654 al año, equivalente a un promedio de 45 personas fallecidas diariamente. Además, los accidentes de tránsito representan la segunda causa de pérdidas de vidas entre personas de 15 a 29 años y la primera entre quienes tienen entre cinco y 24 años.

La iniciativa advierte que la tasa de mortalidad por accidentes viales en el país se ha mantenido por encima de 13 fallecimientos por cada 100 mil habitantes durante la última década y que, de mantenerse las tendencias actuales, las muertes podrían superar las 25 mil anuales para el año 2030. También, destaca que durante 2022 el 36 por ciento de las víctimas mortales fueron peatones, con 5 mil 641 decesos, mientras que los motociclistas concentraron el 45 por ciento de las lesiones viales reportadas en el país.

Respecto a Hidalgo, la diputada expuso que la dirección general de epidemiología reporta un promedio de 30 lesionados diarios por accidentes de tránsito. Además, durante 2025 la Procuraduría General de Justicia del Estado inició 136 investigaciones por fallecimientos relacionados con vehículos motorizados.

La propuesta también refiere que se han registrado más de 5 mil hechos de tránsito recientes en la entidad, con 62 personas fallecidas. De igual forma, menciona más de mil 300 accidentes en los que estuvieron involucradas motocicletas, de los cuales 23 terminaron con la muerte de la víctima.

Como parte de la exposición de motivos, se mencionan casos de atropellamientos fatales ocurridos en Pachuca y Epazoyucan, así como accidentes de transporte público de gran magnitud, entre ellos el registrado en la carretera Pachuca-Tempoal, a la altura de Tlanchinol, donde un autobús cayó a un barranco dejando cinco personas fallecidas y 27 lesionadas. También, se hace referencia a casos en los que conductores responsables escaparon del lugar de los hechos, aprovechando la falta de vigilancia o iluminación.

En cuanto a las modificaciones legales, la propuesta reforma el artículo 149 para establecer que quien prive de la vida a otra persona con motivo de la conducción de un vehículo y por infringir un deber de cuidado enfrentará penas de cuatro a 10 años de prisión y multas de 50 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Las penas podrían aumentar hasta en una mitad cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas o sustancias similares; invadir o circular por zonas peatonales, banquetas o ciclovías; conducir a exceso de velocidad rebasando los límites permitidos; o manipular o sostener físicamente teléfonos celulares u otros dispositivos móviles mientras se conduce.

Además, se contempla la suspensión de la licencia de conducir o la inhabilitación para obtenerla por un periodo equivalente a la pena de prisión impuesta.

Asimismo, la reforma al artículo 161 plantea incrementar hasta en una tercera parte las sanciones para quienes atropellen a una persona y no le brinden auxilio ni soliciten asistencia médica cuando la víctima sea menor de 12 años, mayor de 60 años o una persona con discapacidad. Actualmente, la legislación establece penas de seis meses a un año de prisión o multas de cinco a 40 días para quien abandone a una persona atropellada.

La diputada argumentó que la finalidad de la reforma es proteger la vida y la integridad física de las personas, combatir la impunidad en los hechos de tránsito y fortalecer el derecho humano a una movilidad segura.

cem