Estado.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de diversos artículos contenidos en las leyes de ingresos municipales para el ejercicio fiscal 2026 en ocho municipios de Hidalgo.
Los ayuntamientos señalados son Acatlán, Acaxochitlán, Actopan, Agua Blanca, Ajacuba, Alfajayucan, Almoloya y Apan.
De acuerdo con el organismo nacional, la impugnación identificada como acción de inconstitucionalidad 29/2026, se enfoca en disposiciones que contemplan cobros considerados excesivos o desproporcionados, principalmente por servicios relacionados con la reproducción de información y la expedición de documentos oficiales.
Te podría interesar
La CNDH argumentó que estos cobros no guardan relación con el costo real de los servicios prestados, lo que vulnera derechos fundamentales como la seguridad jurídica, además de contravenir principios constitucionales como la proporcionalidad y equidad en las contribuciones.
Asimismo, señaló que en algunos casos se establecen tarifas distintas para servicios similares sin una justificación clara, lo que también podría representar una afectación a los principios de justicia tributaria.
Observaciones sobre el cobro de alumbrado público
Otro de los puntos centrales de la impugnación está relacionado con el cobro por el servicio de alumbrado público. La Comisión advirtió posibles irregularidades en la forma en que se determina este pago en algunos municipios.
Por un lado, señaló que en ciertos casos se delega la facultad de definir los elementos del cobro a entidades descentralizadas mediante convenios, lo que podría generar incertidumbre en las tarifas aplicadas a los usuario; igual se indicó que cuando no existe dicho convenio, el monto del servicio se calcula con base en un porcentaje del consumo de energía eléctrica, lo cual, a su consideración, excede las atribuciones del legislador local.
Además de solicitar la invalidez de las disposiciones señaladas, la CNDH pidió al máximo tribunal que se exhorte al Congreso del estado de Hidalgo a evitar la emisión de normas con características similares en futuras legislaciones.
El organismo sostuvo que las disposiciones impugnadas contravienen diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente los relacionados con legalidad, seguridad jurídica y justicia tributaria, así como lo establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Será la SCJN la instancia encargada de analizar el caso y determinar si los artículos señalados deben ser invalidados, lo que podría tener implicaciones directas en la forma en que los municipios de Hidalgo establecen y aplican sus cobros públicos.
magr
