Pachuca.— Un interno del Centro de Readaptación Social (Cereso) de Actopan interpuso una demanda de amparo a efecto de detener actos que se realizan dentro del penal que presuntamente atentan contra su vida.
La persona privada de su libertad reclama actos cometidos por parte de la directora del centro y otras autoridades, actos que, de acuerdo con su escrito de demanda, además de atentar contra su vida, también atacan su libertad personal, desaparición forzada de persona, tortura e incomunicación.
El juzgado Tercero de Distrito radicó el asunto bajo el número de expediente 424/2026, por cuanto hace al acto reclamado se ordenó la suspensión de plano, derivado de que advirtió peligro de privación de la vida, tortura e incomunicación de la que la persona privada de la libertad es objeto.
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De ahí que el juzgador federal ordenó que de inmediato cesen los actos reclamados, y señaló que los mismos están prohibidos por el artículo 22 constitucional.
Advierten imposición de sanciones
En caso de que la autoridad haga caso omiso a la resolución, se advierte que se le impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos en caso de no acatarlo.
Asimismo, el juez de distrito ordenó al actuario constituirse en las oficinas del Centro de Reinserción Social (Cereso) de Actopan, Hidalgo donde se dice se encuentra recluido el quejoso, a afecto de que dé fe de la integridad física del quejoso y haga constar si presenta alguna alteración física a simple vista.
También, le pidió al quejoso que nombre a un abogado para que le represente en este juicio de amparo y a las autoridades mencionadas, entre ellas, la directora del Cereso de Actopan que para que emita su informe justificado y niegue o acepte los actos reclamados en un término de 15 días.
Finalmente, el juzgador federal citó para el 26 de marzo a las 11:13 horas para la celebración de la audiencia constitucional.
sjl
