Pachuca.— A pesar de que la ley establece que para ejercer el notariado es necesario contar con título profesional de Licenciado en Derecho y que el mismo esté registrado ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación, este medio de comunicación detectó otra persona que ejerce como Notaria Pública de Molango que no cuenta con cédula profesional de licenciada en Derecho.
Se trata de Minerva Marcela Straffon Ortiz, que de acuerdo con el directorio de Notarías Públicas se encuentra en funciones teniendo como adscrito a Eduardo Hernández Reyes, de quien también se buscó su cédula profesional, sin embargo, la diversidad de homónimos impidió saber si él cuenta o no con su acreditación registrada ante la SEP.
Minerva Marcela Straffon Ortiz es titular de la Notaría Pública número 2 del municipio de Molango de Escamilla, misma que se ubica en calle Erasmo Ángeles.
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Marcela Straffon Ortiz, hermana del exprocurador y difunto Alejandro Straffon, recibió su patente como notaria titular el 22 de diciembre de 2003, ello mientras ostentaba el cargo de directora del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), fue favorecida por el entonces gobernador Manuel Ángel Núñez Soto.
De acuerdo con el artículo 24 de la Ley del Notariado, el cual establece los requisitos para obtener la patente de Notario Público Titular, menciona que se debe ser mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos y tener buena conducta; ser ciudadano hidalguense; haber cumplido veinticinco años de edad; tener residencia ininterrumpida en el estado por más de cinco años anteriores a la fecha del examen de oposición; no tener enfermedad permanente que impida el ejercicio de las facultades intelectuales, ni incapacidad física que impida las funciones del notariado.
Y en el octavo punto, menciona que se debe contar con título de Licenciado en Derecho registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación, con cinco años cuando menos de ejercicio profesional y haber aprobado la materia o curso de Derecho Notarial en cualquier Institución Universitaria de la República legalmente reconocida, o en su caso, el que imparta el Colegio del Notariado.
Asimismo, se debe acreditar haber tenido práctica notarial ininterrumpida durante dos años bajo la dirección de un Notario Público en el Estado. No haber sido condenado por delito intencional que merezca pena corporal por sentencia ejecutoria; No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de culto religioso y aprobar un examen.
Ya hubo un caso
Recientemente, la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH) proceso judicial en contra del exnotario número seis de Tizayuca, Octavio Eduardo Soto, a quien se le señaló del delito de usurpación de profesiones debido a que se ostentó como licenciado en Derecho sin contar con cédula profesional al momento de firmar un documento oficial en 2020.
Dicho notario sí contaba con registro ante la SEP, pero el mismo es de fecha 11 de enero de 2022, pese a que él obtuvo su patente como notario público en el año 2005, cuando era gobernador Manuel Ángel Osorio Chong.
En noviembre de 2024, a través del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo se informó sobre la cancelación de la patente al notario Octavio Eduardo Soto, quien ejercía en el Distrito Judicial de Tizayuca, Hidalgo, desde marzo de 2005 cuando era gobernador Miguel Ángel Osorio Chong.
¿Por qué es importante?
El caso representa una afectación a la fe pública y la administración de justicia. La usurpación de profesiones: el hecho de que ostenten como licenciados en Derecho sin poseer la cédula profesional es grave, especialmente considerando su posición como fedataria.
¿Qué es un notario público?
Un notario es un fedatario público, lo que significa que sus actos tienen fe pública. Si no tenía la acreditación necesaria para ejercer la abogacía, pone en tela de juicio la validez de los documentos y actos jurídicos en los que intervino.
Notarías a revisión
El gobernador del estado, Julio Menchaca Salazar, advirtió que la Dirección General de Notarías a cargo de Pedro Velázquez Bárcena inició una revisión a todas las notarías, no obstante, indicó que ya no habían detectado irregularidades, salvo que en administraciones anteriores se hacían negocios irregulares.
“Lo que venía pasando en otras administraciones, la ley del notariado, si no mal recuerdo, en el artículo octavo, fracción cuarta creo, establece que no se le puede cobrar al Estado por las escrituras, porque es un permiso que otorga el Estado. Y durante las administraciones pasadas, era un negocio irregular pagarle a un notario, y se pagaban en cantidades muy fuertes”, indicó.
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