JUSTICIA

Por disturbios en 8M en Pachuca, dan prisión preventiva a dos personas

Se quedan en prisión preventiva dos personas imputadas por lesionar a policías y causar disturbios en la conmemoración del Día Internacional de la Mujer

La persona detenida roció gasolina en las vallas que colocaron policías.Créditos: Especial
Escrito en HIDALGO el

Pachuca.— Dos sujetos fueron enviados a prisión preventiva justificada por un periodo de hasta un año por haber causado disturbios y haber lesionado a policías estatales el pasado 8 de marzo de 2025.

El juez de Control, Luis Raúl González Becerra, fue el encargado de presidir la audiencia inicial de dos personas señaladas de los delitos de lesiones, sedición y ultrajes a la autoridad.

Carlos N y Jonathan N fueron detenidos después de la marcha del pasado 8 de marzo en la capital; uno de ellos, fue quien presuntamente roció gasolina al pie de las vallas colocadas alrededor de Palacio de Gobierno y fue el principal motivo por el cual se le dictó prisión preventiva justificada, pues al agente del Ministerio Público argumentó que de haber encendido el combustible habría daños no sólo materiales sino incluso pérdidas humanas.

Cabe recordar que, en la conferencia de prensa ofrecida por el Gabinete de Seguridad, se presentó un video en el que se observa a una persona rociar presuntamente gasolina alrededor de las vallas.

Los dos sujetos se apegaron al término constitucional de 144 horas para que el juez de control defina respecto de su situación jurídica, es decir, si los vincula o no a proceso por los tres delitos que se les imputan dentro de la causa penal 444/2025.

Uno de los argumentos del juez de control para dictar prisión preventiva fue la sumatoria de las penas máximas que alcanzan los tres delitos que supera los 13 años.

Crédito: LSR Hidalgo

El primero por lesiones, un ilícito en el que se causa a otro un daño en su salud y cuya pena de prisión va de 3 meses hasta 10 años de prisión, según el Código Penal para el Estado de Hidalgo. 

Carlos N y Jonathan N también están señalados de sedición, que de acuerdo con el artículo 289, cometen “los que, reunidos tumultuariamente, pero sin armas, resisten a la autoridad o la atacan para impedir el libre ejercicio de sus funciones”, acción que contempla hasta dos años de cárcel. 

También fueron imputados por ultrajes a la autoridad que se entiende como “toda acción o expresión ejecutada con el ánimo de denigrar u ofender a algún funcionario” y que prevé de 3 meses a 1 año de prisión.


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