Pachuca.— Del 1 al 30 de abril se llevará a cabo la campaña de declaración anual para personas físicas, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) comparte las mejoras que se implementaron en la plataforma para realizar el compromiso fiscal y evitar multas de 3 a 17 mil pesos por incumplimiento.
Yolotzin Yazmin Solís Hernández, administrador desconcentrado del SAT, indicó que todas las personas que se encuentran bajo el régimen de sueldos y salarios, que se tengan dos o más empleos durante el mismo periodo, que su ingreso sea superior a los 400 mil pesos anuales o que los ingresos que provengan del extranjero y personas que recibieron pago por su jubilación, están obligados a presentar su declaración anual.
Otros regímenes que también están obligados con los simplificados de confianza, incorporación fiscal que haya tenido algún coeficiente de utilidad, aquellos que tengan intereses y dividendos, generación o adquisición de bienes; personas que están bajo el régimen de arrendamiento, y que tengan actividad profesional o empresarial.
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“Es muy simple presentar la declaración, ahora con mejoras en la plataforma; los requisitos son mínimos, sólo se requiere contar con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la firma electrónica vigente o contraseña, pero en caso de que el saldo sea a favor y superior a los 10 mil pesos, será indispensable la firma electrónica”.
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Mejoras en el portal del SAT
- Se implementaron en los formularios para presentar la declaración
- El apartado de información sobre situación fiscal para cumplir con la obligación
- La adición de un mensaje con la fecha en la que se autorizó la información precargada para la declaración al momento de su presentación
- Se adicionó la deducción inmediata prevista en el decreto de localización y la deducción inmediata a la inversión del estímulo fiscal de crédito fiscal equivalente al 100 por ciento en materia de impuesto sobre la renta respecto del decreto de OTIS
- Agregar las pérdidas fiscales para amortizar respecto al ejercicio 2013 al 2021 en caso de que la información esté precargada
“Se creó un campo para acreditar los pagos que hayan realizado bajo el régimen simplificado de confianza en caso de no haberlo aplicado en los pagos provisionales del ejercicio; el SAT enviará un mensaje reiterativo de la suma de los ingresos para cumplir con el requisito de ingresos y seguir tributando bajo el régimen simplificado de confianza; se inhibe la precarga de declaración del ejercicio por defunción, con la finalidad de facilitar la presentación por parte de familiares o interesados”.
Algunas de las deducciones que se pueden declarar son: honorarios médicos, dentales y hospitalarios, gastos funerarios, donativos, aportaciones complementarios, primas de seguros o gastos médicos, transportación escolar, depósitos en cuentas establecidas como de ahorro, colegiaturas y créditos hipotecarios.
“Cualquier tipo de deducción que se pudo tener en el periodo señalado tuvo que ser pagado con un medio electrónico: tarjeta de crédito, débito o transferencia bancaria; también es importante que dentro de la declaración, a pesar de que ya viene precargadas todas las facturas que se reciben, si alguna no concuerda se puede ingresar de manera manual”.
Se explicó que entre las facilidades del SAT para que se pueda cumplir con la obligación, es que del 17 al 30 de abril se trabajará con horario extendido, es decir, de 8 a 18 horas, tanto en el módulo sede Pachuca y los que se ubican en Ixmiquilpan, Tula, Tulancingo y Huejutla. En caso de que los saldos sean a cargo se tendrán oportunidad de hacer pagos hasta en seis parcialidades, para cubrir el total antes de septiembre en bancos establecidos y en tiempo y forma, de no cumplir con los pagos las multas serán de 3 hasta 17 mil pesos.
sjl